El presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, compareció este miércoles para anunciar que su Gobierno trabaja en la ampliación de las ayudas directas para los autónomos sin asalariados que vieron paralizada su actividad a causa de la DANA del pasado 29 de octubre.
“Para los autónomos sin trabajadores”, afirmó, “en los próximos días trasladaremos una nueva remesa para los que no llegaron a tiempo o los que se les pudiera pasar el plazo”, explicó el presidente, en unas declaraciones recogidas por Europa Press.
Por el momento, la Generalitat ya habría abonado el 100% de las solicitudes de las ayudas directas autonómicas a los trabajadores por cuenta propia sin empleados que vieron sus negocios afectados por el desastre natural. Casi el 90% de los beneficiarios, además, residen en los municipios de la llamada “zona cero”.
Las ayudas directas de 3.000 euros fueron puestas en marcha como complemento a las aprobadas por el Gobierno central -que ascienden a 5.000 euros-, y pretendían alcanzar a unos 30.000 autónomos de 75 municipios diferentes, como contó este diario.
Mazón reclama que los autónomos afectados por la DANA no tengan que pagar las cuotas atrasadas
En paralelo, el presidente de la Generalitat Valenciana destacó que la situación de los autónomos valencianos es “fundamental para la reactivación”, especialmente en el pequeño comercio y la agricultura.
Mazón volvió a criticar al Gobierno por aplazar la cuota de los autónomos afectados dos meses. “Ahora van a tener que pagar el doble: el mes aplazado y el que les toca”, recordó. Por ello, el presidente de la región pidió al Ejecutivo que compense estas cuotas durante todo 2025 “como poco”.
La renovación de las ayudas directas se ha anunciado días después de que Carlos Mazón aclarase los requisitos para solicitar otras subvenciones, para cubrir el coste de los vehículos siniestrados durante la DANA. No hará falta que los autónomos residan en uno de los municipios, sino que bastará con que esté asegurado y figuren en el registro como “baja DANA”.
Así, como requisitos de solicitud, uno de ellos será que el vehículo haya causado baja en la Dirección General de Tráfico (DGT) a raíz de los daños ocasionados por la DANA, siendo suficiente con justificar la baja temporal del mismo en la DGT, y el autónomo manifieste el compromiso de tramitar la baja definitiva antes del 31 de diciembre de 2025.
El otro será haber iniciado los trámites de reclamación de daños al Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, a la aseguradora del vehículo siniestrado. Esto se acreditará aportando el número de expediente asignado al siniestro por el Consorcio de Compensación de Seguros o la entidad aseguradora.
#DANA
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