La Comunidad de Madrid ha puesto en marcha una nueva línea de ayudas, que continuará activa durante los próximos meses, para que los autónomos y pequeños negocios del sector industrial puedan invertir en renovar su maquinaria, innovar e incluso comprar nuevos inmuebles.
Según explicaron desde la comunidad, esta línea de subvenciones va dirigida a empresas industriales que tengan menos de 50 trabajadores. Las ayudas servirán para renovar su maquinaria, adquirir bienes inmuebles y otros activos que permitan «mejorar su eficiencia operativa y su productividad», así como «promover la innovación y mejora de los procesos y modelos de negocio».
Hasta 300.000 euros para invertir en infraestructuras o equipamiento
Las ayudas cubrirán, con carácter general, el 75% de los gastos subvencionables, y el importe máximo será de 300.000 euros. Así, se subvencionarán los gastos sin IVA derivados de la adquisición de terrenos para construir locales o naves industriales de uso propio; comprar maquinaria y bienes de equipos nuevos, así como hardware y software informáticos.
Además, para que los gastos sean subvencionables, la inversión deberá sumar como mínimo 50.000 euros y tendrá que haberse producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior.
Los negocios deberán adjuntar la siguiente documentación para la solicitud:
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Poder de representación de la persona que firme la solicitud. Para ello se aportará certificación actualizada del registro mercantil donde conste el poder de representación si el firmante forma parte de la empresa. Si no, deberá aportar un poder notarial.
- Un certificado de la plantilla media de trabajadores del año natural anterior al de publicación del extracto de convocatoria, emitido por la Seguridad Social. El número de trabajadores serán los que consten dados de alta en la cuenta de cotización única (NIF) de la empresa solicitante.
- Memoria de las inversiones, que deberá detallar, como mínimo, los siguientes datos: descripción general de las inversiones realizadas, junto con un análisis de coste/beneficio, así como el total de los costes subvencionables propuestos en la solicitud. Detalle de cada una de las inversiones, indicando, en su caso, el tipo, modelo, número de serie, referencia catastral, número de factura y descripción del gasto, razón social y NIF del proveedor, fecha de facturación y de pago, identificación del justificante de pago, emplazamiento, fechas de implementación, junto con la justificación de la inversión propuesta para la subvención y una breve descripción de los efectos esperados.
- Facturas justificativas de las inversiones subvencionables, expedidas contra el beneficiario. Todas las facturas deberán estar íntegramente pagadas dentro del periodo subvencionable.
- En el supuesto de que se hayan adquirido bienes inmuebles, una escritura notarial de compra-venta, junto a la correspondiente certificación del registro de la propiedad y el certificado de tasador independiente.
- Extractos bancarios como documentación justificativa de los pagos realizados, donde se refleje la salida material de fondos y en los que deberá constar el titular de la cuenta , fecha, número de la factura pagada, así como la identificación de la persona a la que van dirigidos estos pagos.
- Certificado censal del Impuesto de Actividades Económicas de la entidad solicitante, donde consten todos los establecimientos y epígrafes donde la empresa está dada de alta, para acreditar el pago de todos los IAE en fase de justificación de pago.
- Certificado de titularidad de cuenta bancaria de la entidad beneficiaria para el trámite de pago de la subvención.
- Los solicitantes deberán aceptar también las correspondientes declaraciones responsables, que se incluyen en el formulario de solicitud.




