1. En otros países del entorno europeo el plazo máximo es de tres meses
  2. No hay alternativas para los autónomos si están en desacuerdo con la respuesta de Tributos
  3. Los asesores señalan que los inspectores discrepan con el criterio emitido por la propia dirección
  4. Los asesores fiscales piden establecer una ventanilla para resolver consultas sencillas

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), ha elaborado una propuesta, a partir de un estudio realizado por César García Novoa, coordinador del Grupo de Expertos en Derechos y Garantías del Contribuyente y Práctica Tributaria de la asociación, para solicitar ante el Consejo para la Defensa del Contribuyente que se reduzcan los plazos de contestación por parte de la Dirección General de Tributos (DGT).

Además de pedir que se reduzca el tiempo de respuesta de este organismo a los autónomos y contribuyentes, también reclaman mayor protección frente a sanciones. En los casos en que la contestación llegue tras haberse superado el plazo máximo establecido por la Administración (hasta seis meses de espera), tal como recoge el artículo 88.6 de la Ley General Tributaria.

Por ejemplo, que sea posible para el consultante facilitar él mismo una respuesta a la consulta planteada y actuar de manera acorde a la misma, sin sanciones. “En determinados ámbitos, como las consultas relativas a la imposición societaria, no es infrecuente la superación de tales plazos. A ello hay que añadir que la ausencia de contestación en plazo no produce efectos positivos para el consultante”.

Las demandas de la asociación piden una reforma del marco regulador vigente, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los trabajadores por cuenta propia, ante el sistema fiscal actual, que según Aedaf resulta “complejo y genera inseguridad jurídica”.

En otros países del entorno europeo, el plazo máximo es de tres meses

“Legalmente, la DGT dispone de seis meses para responder. Pero las respuestas se demoran mucho más, entre otras cosas, porque para la Administración no tiene ninguna consecuencia no contestar en estos seis meses. En la práctica, las respuestas pueden tardar más de un año en muchos asuntos”, explicó a este medio García Novoa.

Según detalló el experto, en la mayoría de los países de nuestro entorno, como Italia, Francia, Países Bajos o Suecia, el plazo máximo es de tres meses. Un margen que los miembros de la asociación consideran adecuado, tanto para proteger la seguridad jurídica, como para tomar en consideración un plazo realista.

Asimismo, el asesor recordó que las respuestas de las consultas no se pueden recurrir. Una situación que también consideran injusta y que podría resolverse si se permitiera, por ejemplo, pedir una segunda opinión al respecto a Hacienda.

“Cuando se establece que la respuesta a una consulta no es recurrible, se está tratando la consulta más bien como un asunto de trámite, cuando no lo es. Es un acto que anticipa el criterio que va a seguir la Administración en el futuro. Si la respuesta no convence al contribuyente que la formuló, este debería poder recurrirla y no tener que esperar a que la Administración aplique el criterio con el que no se está de acuerdo. O, al menos, se debería poder pedir una segunda opinión a la Administración”.

No hay alternativas para los autónomos si están en desacuerdo con la respuesta de Tributos

Con la legislación actual, al trabajador por cuenta propia no le queda otra que no sea aplicar el criterio dado en la respuesta, aunque no esté de acuerdo con él, con el riesgo, o la certeza, de que la Administración le va a regularizar. 

Si se da el caso de que la Agencia Tributaria le regulariza y dicta un acto de liquidación a raíz de la consulta, entonces tendría que recurrir. Y al no acogerse al criterio de la respuesta a la consulta se enfrentaría, muy probablemente, a una sanción. “La situación no es nada satisfactoria”.

Además, en el caso particular de los autónomos, por su propia condición, asumen riesgos empresariales que se ven incrementados de manera importante por los riesgos fiscales. “Los riesgos fiscales son más elevados en un escenario de incertidumbre. Y lo son mucho más, cuando una figura como la consulta, que está pensada en la ley para dotar de seguridad jurídica al contribuyente, no está respondiendo a esa función, por deficiencias en su regulación y por el desconocimiento de su efecto vinculante por parte de la Agencia Tributaria”. 

Asimismo, los trabajadores por cuenta propia, tienen que tomar decisiones en plazos muy cortos de tiempo. Y ello no es acorde con una situación en la que la Administración se demora más de seis meses en responder, según apuntó García Novoa.

En Aedaf ven también necesaria la introducción de garantías a nivel legal que protejan la confianza legítima de los contribuyentes cuando se produzcan cambios de criterio interpretativo por parte de la Agencia Tributaria. Es decir, cuando el criterio previo –ya sea de la Administración o los tribunales– les haya generado la convicción de estar cumpliendo de forma adecuada sus obligaciones.

Los asesores fiscales pedirán que la Administración tarde menos en resolver las consultas tributarias
Los asesores fiscales pedirán que la Administración tarde menos en resolver las consultas tributarias.

Los asesores señalan que los inspectores discrepan con el criterio emitido por la propia dirección

Uno de los aspectos principales que los asesores fiscales denuncian en el texto es que los funcionarios discrepan con criterios de la DGT cuando realizan comprobaciones.

En ese sentido, ante los casos de duda, ven como una vía que podría ser factible que el inspector formule la cuestión a la dirección y que ésta, emita en un plazo de 15 días, un informe con una respuesta que sea vinculante para la Administración. 

Estos cambios ayudarían a lograr “una mejora significativa” del sistema tributario vigente, solicitan que el legislador que el instrumento de la consulta sea un método de comunicación más eficaz. “Seis meses es un plazo ciertamente dilatado, alejado de los plazos más reducidos (generalmente de tres meses, e incluso inferiores) imperantes en Derecho comparado (Italia, Francia, Países Bajos o Suecia)”. 

A juicio de Aedaf, resulta esencial adamás que el sistema de consultas de la DGT se adapte al tipo de contribuyente, objeto, características y complejidad o relevancia de la consulta planteada. 

Los asesores fiscales piden establecer una ventanilla para resolver consultas sencillas

Otra de las cuestiones a las que se refiere la asociación en su documento pone el foco en aquellas consultas tributarias de menor envergadura o complejidad. Para facilitar la resolución de éstas, realizadas por pequeños autónomos y contribuyentes, Aedaf propone un sistema que permita resolverlas con mayor velocidad.

En particular, si ya existe criterio administrativo sobre este tipo de consultas, solicitan establecer una ventanilla rápida o sistema automatizado de respuestas simplificadas, que tenga en cuenta la reforma vigente del marco regulador. Como señalaron, esto permitiría liberar el número de efectivos destinado a su resolución y permitiendo que se centren en las consultas más difíciles o relevantes.