Las recientes inundaciones provocadas por la DANA han dejado tras de sí un panorama devastador para miles de negocios. Según datos de la Cámara de Comercio de Valencia, sólo los daños en el sector industrial de los 87 municipios afectados superan ya los 4.500 millones de euros. Una cifra que incluye tanto reparaciones como pérdidas económicas derivadas de la paralización de la actividad. De esta cantidad, destacan los 1.951 millones correspondientes a la denominada “zona cero”, formada por 24 municipios especialmente perjudicados.
En el comercio, las cifras son igualmente alarmantes. Se estima que las pérdidas alcanzan los 1.843 millones de euros, incluyendo reparaciones, reactivación económica y la caída de ingresos por inactividad de los establecimientos afectados. Sólo un 32% de los pequeños comercios ha logrado vender desde las inundaciones, lo que refleja la gravedad del impacto para un sector clave en el tejido económico de las comunidades afectadas.
Estas cifras son un buen reflejo de la realidad a la que se enfrentan los autónomos, muchos de los cuales se ven obligados a renegociar contratos de alquiler, aplazar pagos o incluso buscar alternativas legales para evitar el cierre definitivo de sus negocios. En este contexto, la abogada Ana De la Morena Rubio, socia de DLMA Abogados, repasó en este diario claves para que los autónomos afectados puedan sentarse a negociar con las mejores herramientas legales y estratégicas a su alcance.
La doctrina rebus sic stantibus permite negociar una reducción temporal de los alquileres
Una de las herramientas legales más importantes para los autónomos afectados por la DANA es la doctrina rebus sic stantibus, recogida en el artículo 1.258 del Código Civil. Este principio permite modificar o resolver un contrato cuando las circunstancias cambian de forma imprevisible, grave y sobrevenida. Ana De la Morena explicó que, durante la pandemia, “esta cláusula fue ampliamente utilizada para ajustar las rentas de alquiler de numerosos negocios, y ahora puede ser invocada nuevamente en situaciones como las provocadas por la reciente riada”.
“En base a la cláusula rebus sic stantibus, los autónomos pueden negociar una reducción temporal de las rentas o incluso la resolución del contrato” señaló la experta. La cual, no obstante, advirtió que, para tener éxito en este tipo de negociaciones, es necesario demostrar que el cambio en las circunstancias ha sido sustancial, “y que afecta gravemente la capacidad del autónomo para cumplir con las obligaciones contractuales firmadas”.
Además, recalcó que el proceso de negociación debe ser cuidadoso y transparente. Formalizar cualquier acuerdo por escrito es fundamental, “para proteger los intereses de ambas partes y evitar posibles disputas futuras. Un acuerdo bien documentado puede ahorrar muchos problemas legales más adelante” añadió.
Antes de iniciar una negociación, los autónomos deben determinar si es posible cumplir con los pagos
Antes de plantear un aplazamiento o una reducción de los alquileres que pagan por sus locales y oficinas, De la Morena recomendó a los autónomos realizar un análisis exhaustivo de la situación financiera del negocio. “Es crucial evaluar el flujo de caja para determinar si es posible cumplir con los pagos,” afirmó. Si la situación económica es insostenible, el primer paso debe ser solicitar un aplazamiento o renegociar el contrato, basándose en el principio de imprevisión.
Sin embargo, no todos los arrendadores estarán dispuestos a negociar. Y en estos casos, los autónomos deben explorar alternativas legales para evitar el desahucio o la acumulación de deudas. Entre estas alternativas, la abogada destaca el procedimiento para negocios recogido en la Ley 16/2022, que ofrece una vía para negociar con acreedores y establecer quitas o esperas.

“Este procedimiento es especialmente útil para microempresas y autónomos, ya que permite alcanzar acuerdos que pueden viabilizar el negocio o, en caso extremo, optar por la liquidación con exoneración de deudas,” explicó De la Morena. Esta última opción, conocida como Segunda Oportunidad, permite a los deudores de buena fe exonerar una parte significativa de sus pasivos, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales establecidos.
Seguros y ayudas públicas serán otra pieza fundamental para aliviar la carga económica de los autónomos afectados
En una situación tan excepcional como la actual, los seguros y las ayudas públicas desempeñan un papel fundamental para aliviar la carga económica de los autónomos afectados. Ana De la Morena detalló que el Real Decreto Ley 6/2024, que entró en vigor el mismo día 7 de noviembre de 2024, incluye cuatro paquetes principales de ayudas.
- Directas, para establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, de hasta el 7% de los valores indemnizables, con un tope de 36.896 euros, teniendo en cuenta los abonos de las aseguradoras. Hay un plazo dos meses desde la publicación del Real Decreto en el BOE, y se solicitan a través de la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT.
- También se ha establecido un sistema de ayudas directas para los empresarios o autónomos afectados, cuyo importe dependerá del volumen de operaciones del ejercicio 2023, y que va desde los 10.000 hasta los 150.000 euros. En el caso de los autónomos, la ayuda será de un importe único de 5.000 euros. La solicitud se formaliza en la sede electrónica de la AEAT, y se pone a disposición de los autónomos y empresarios un formulario electrónico que puede presentarse desde el 19 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2024, con el fin de que los beneficiarios puedan indicar la cuenta bancaria en la que deseen que se le realice el abono de la ayuda. Estas ayudas estarán exentas de tributación tanto en el IRPF, como en el Impuesto de Sociedades. El abono de la cantidad se realizará a partir del 1 de diciembre. Si en un periodo de tres meses desde la solicitud no se ha recibido el importe, se entiende desestimada.
- Suspensión de pagos de hipotecas y créditos al consumo (anteriores a 6/11), aplazamiento de pago de tres meses y una nueva prórroga de nueve meses (no habrá que pagar capital, pero si intereses). Que podrán ser solicitadas hasta tres meses después de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 6/2024.
- Línea de avales ICO, con destino a paliar los perjuicios sufridos por los autónomos y los negocios como consecuencia de la riada, para facilitar el acceso a liquidez de autónomos y negocios. Estas ayudas deben devolverse.
“La rapidez en la tramitación y entrega de estas subvenciones es clave para que los autónomos puedan recuperar su actividad,” enfatizó De la Morena, quien también advierte de que cualquier retraso reduce significativamente la eficacia de estas medidas.
Sobre este asunto, desde la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) han venido reclamando la ampliación de los importes de las ayudas para los autónomos, ya que estiman que no serán suficientes para cubrir los desperfectos sufridos por los negocios tras el desastre natural. Asimismo, también demandaron la inclusión en las subvenciones de determinados colectivos de trabajadores por cuenta propia que han quedado fuera, como los que se encuentran en Tarifa Plana o estaban en tránsito durante la DANA y sufrieron daños en sus vehículos y herramientas de trabajo.
A pesar de las ayudas disponibles, la recuperación no será ni mucho menos inmediata. Las zonas más afectadas van a seguir soportando un tiempo aún retos estructurales que dificultarán la reactivación económica. Además de reparar daños materiales, será necesario implementar estrategias de resiliencia financiera que permitan a los autónomos adaptarse a las nuevas circunstancias.
Entre las recomendaciones de esta experta, destacó la importancia de diversificar fuentes de ingresos, reducir costes fijos y buscar apoyo en redes locales de colaboración empresarial. “Pues tras esta destrucción inmediata de los negocios, veremos una segunda diferida en el tiempo, en el momento en que finalicen las moratorias, en aproximadamente un año”, concluyó.
#DANA
Te invitamos a consultar los artículos de nuestra Guía para empresas, negocios y autónomos afectados por la DANA.
En ella encontrarás recursos esenciales para enfrentar esta situación, con actualizaciones constantes sobre ayudas disponibles, novedades y procedimientos clave para los afectados por la DANA.
La Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) ha puesto a disposición un número de teléfono gratuito (900 101 816) para autónomos, negocios y empresas afectados por la DANA. A través de esta línea, podrás resolver cualquier duda o recibir asesoramiento personalizado para afrontar este momento tan difícil.
Si eres una empresa o autónomo y deseas colaborar en apoyo a los damnificados, puedes hacerlo a través de la cuenta bancaria habilitada por la Fundación CEOE para este propósito.





