Según los últimos datos de la Seguridad Social, en España hay más de 177.783 autónomos colaboradores dados de alta, es decir, en torno al 5% de los trabajadores por cuenta propia. Estos autónomos, que inician su actividad en el negocio familiar, no disponen de acceso a la Tarifa Plana estatal, y por tanto, tampoco a la cuota cero, pero según el Real Decreto 13/2022 de cotización por ingresos reales, sí tienen derecho a una bonificación en sus cuotas cuando se den de alta en el RETA bajo esta modalidad. 

En concreto, pueden acceder a una bonificación del 50% de la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses, y al 25% durante los seis meses siguientes. El autónomo colaborador cotiza por una base mínima de 1.000 euros desde 2023, que ya se estableció en la orden de cotización de 2024, y que, en principio, podría conservarse para 2025, al no haber nuevos cambios al respecto en el proyecto de orden de cotización del año próximo.  

Como recordó a este medio Jaume Barcons, abogado laboralista y socio de la gestoría Barcons, para que se dé esta base mínima de cotización -así como para poder aplicar las bonificaciones- el autónomo colaborador debe estar dado de alta un mínimo de 90 días en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social. 

Además, estas bonificaciones se aplican sólo en el caso de que el familiar cumpla los requisitos para estar dado de alta como autónomo colaborador, donde el familiar que colabora de manera habitual también reside en la misma vivienda que el autónomo principal o mantiene una situación de dependencia económica con respecto a él. 

Los autónomos colaboradores pueden pagar una cuota mínima de 157 euros durante el primer año y medio de actividad

Un autónomo colaborador que cotice por la base mínima -es decir, 1.000 euros- le corresponde una cuota de 313 euros al mes al aplicar el tipo establecido del 31,3%, pero con la bonificación del 50% durante el primer año y medio -18 meses- pasaría a abonar una cuota mensual de 156,5 euros.

Además, los seis meses siguientes mantiene una bonificación del 25%. Por lo que pagaría una cuota de 234,75 euros, en lugar de los 313. 

La cuota mínima mensual se elevará, previsiblemente, a los 314 euros durante el próximo año, a raíz del incremento del 0,1% que tendrá debido al Mecanismo de Equidad Intergeneracional. Por tanto, esas cuotas, aplicada la bonificación, pasarían a ser de 157,5 y 235,5 euros respectivamente.

Como aclaró Barcons, para aquellos autónomos colaboradores que escojan un base superior, los primeros 1.000 euros de la base de cotización mínima siempre tendrán esta bonificación, pero el restante va por el tipo de cotización general del 31,3%. 

Así, para un autónomo que cotice por una base de cotización de 1.300 euros, la cuota correspondiente sería de 156,5 euros -correspondiente a la bonificación del 50%- más 93,9 euros -de aplicar el 31,1% a los 300 euros restantes de la base de cotización-, durante los primeros 18 meses. En total, una cuota de 250,4 euros al mes. Y una cuota de 328,65 euros para los seis meses siguientes -235,5 por la bonificación del 25%, más los 93,9 euros de cuota del resto-. 

Los autónomos colaboradores deben cumplir varios requisitos para poder aplicar estas bonificaciones en su cuota

Para poder optar a la bonificación del 50% y 25% de la cuota, el familiar colaborador debe ser el cónyuge, la pareja de hecho, o un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad incluido, ya sea por afinidad o adopción, o hasta el tercer grado si se trata del alta en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios. 

Deben colaborar de manera habitual en el negocio del autónomo principal, tener al menos 16 años de edad, no estar dado de alta como asalariado, y convivir en el mismo hogar o ser dependiente económicamente del autónomo titular. 

Además, cuando se incorporen al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), o al Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios, no podrán haber estado de alta como autónomo en los mismos en los cinco años inmediatamente anteriores.