Miles de autónomos y pymes que utilizan motocicletas, bicicletas o vehículos de movilidad personal para repartir mercancías o prestar servicios tendrán que revisar en los próximos meses el equipamiento de sus trabajadores y la forma en que desarrollan su actividad. La reforma del Reglamento General de Circulación, que entrará en vigor el próximo 1 de octubre, incorpora nuevas obligaciones de seguridad vial y modifica algunas normas que afectan directamente a quienes trabajan a diario sobre dos ruedas. 

Entre los cambios figuran nuevas exigencias sobre el uso de determinados elementos de protección, modificaciones en la circulación de motocicletas y bicicletas y nuevas reglas para los vehículos de movilidad personal. No adaptarse a tiempo podría traducirse en sanciones y obligará a muchos negocios a comprobar si cumplen ya con la normativa. 

Según explicó la subdirectora general técnica de la Asociación Española de la Carretera, Elena de la Peña, la reforma responde a una realidad cada vez más habitual: el aumento del uso de motocicletas, bicicletas y vehículos de movilidad personal como herramientas de trabajo. En su opinión, el objetivo es reforzar la protección de estos usuarios y mejorar la convivencia entre los distintos modos de transporte. Sin embargo, esto conllevará un aumento de costes y la obligación de reorganizar los equipos de miles de negocios.

Repartidores y otros profesionales tendrán que adaptarse a nuevas normas de circulación y equipamiento

La reforma del Reglamento General de Circulación incorpora nuevas obligaciones para quienes utilizan motocicletas, ciclomotores, bicicletas o vehículos de movilidad personal (VMP) como herramienta de trabajo. Según explicó Elena de la Peña, el objetivo es adaptar la normativa a «una realidad que ya existía», marcada por el aumento del uso de estos vehículos en el ámbito profesional.

En su opinión, «el Reglamento reconoce expresamente a los usuarios vulnerables de la vía» y «no se limita a imponer nuevas obligaciones, sino que trata de ordenar la convivencia entre modos de transporte muy diferentes», reforzando la seguridad tanto de quienes trabajan sobre dos ruedas como del resto de usuarios.

Nuevos elementos de protección obligatorios según el vehículo

A partir del 1 de octubre de 2026, autónomos y empresas deberán comprobar que sus trabajadores cumplen las nuevas exigencias de equipamiento establecidas para cada tipo de vehículo:

 

  • Casco obligatorio en bicis (también en ciudad): Desaparecen las excepciones para el desarrollo de actividades profesionales; el uso de casco homologado o certificado será obligatorio también en vías urbanas y travesías.
  • Chaleco reflectante EPI para todos: Los profesionales que utilicen motocicletas, ciclomotores, bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP) deberán portar un chaleco de alta visibilidad que cumpla los requisitos de equipo de protección individual.
  • Calzado cerrado en motos y ciclomotores: Conductores y pasajeros estarán obligados a utilizar calzado que cubra completamente el pie, quedando prohibidas las sandalias o calzado similar.
  • Guantes de protección en carretera: Será obligatorio su uso en motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas. Aunque el Ministerio del Interior fijará los detalles técnicos, se permitirá usar los modelos actuales durante un periodo transitorio.
  • Nueva homologación para cascos de ciclomotor: Deberán cumplir el Reglamento UNECE R22. Se establece un periodo transitorio de un año para sustituir los cascos certificados que se utilicen actualmente.

 

No adaptarse antes de octubre puede traducirse en sanciones

El Real Decreto no establece un nuevo régimen de multas específico para estas obligaciones, sino que su incumplimiento quedará sometido al régimen sancionador previsto en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Sí califica expresamente como infracciones graves determinados incumplimientos introducidos por la reforma, como los relacionados con la utilización indebida de carriles, la prioridad de paso o determinadas normas de adelantamiento y rebasamiento.

Los repartidores deberán cumplir nuevas normas de circulación y protección desde octubre
Los repartidores deberán cumplir nuevas normas de circulación y protección desde octubre.

Además, la norma prevé algunos periodos transitorios para facilitar la adaptación. Así, los usuarios de ciclomotores podrán seguir utilizando cascos certificados durante un año desde la entrada en vigor del Real Decreto, y los guantes de protección actuales podrán seguir utilizándose hasta que el Ministerio del Interior apruebe sus especificaciones técnicas.

La reforma también cambia la forma de circular de motos, bicicletas y patinetes 

La reforma del Reglamento General de Circulación no se limita a reforzar las obligaciones de seguridad de quienes utilizan motocicletas, bicicletas o vehículos de movilidad personal (VMP) para trabajar. También incorpora varios cambios destinados a adaptar la normativa a situaciones habituales en la movilidad urbana y a facilitar la convivencia entre los distintos usuarios de la vía. 

Según explicó Elena de la Peña, muchas de estas medidas «intentan dar respuesta a situaciones que ya se producen en la movilidad». No obstante, advirtió de que su eficacia dependerá de que los usuarios conozcan bien las nuevas reglas y de que exista una señalización adecuada.

Los repartidores en moto o bicicleta podrán moverse más agilmente

Una de las principales novedades afecta a las motocicletas. El nuevo reglamento prevé que, en determinadas situaciones de congestión, pueda habilitarse el uso del arcén derecho para estos vehículos. La medida busca mejorar la fluidez del tráfico y reducir el riesgo de alcances cuando la circulación esté completamente detenida, aunque sólo podrá aplicarse en las condiciones previstas por la norma y respetando las limitaciones establecidas. 

De la Peña consideró que esta posibilidad puede aportar ventajas desde el punto de vista de la seguridad, pero subrayó que no será aplicable de forma generalizada. «Permitir que una motocicleta pueda utilizar el arcén en determinadas retenciones puede mejorar la seguridad y reducir el riesgo de alcances, pero solo si se hace en tramos expresamente habilitados y con arcenes que reúnan unas condiciones adecuadas., explicó. 

La reforma también introduce cambios para las bicicletas en los entornos urbanos. Entre ellos, permite que los ciclistas puedan rebasar por la derecha o por la izquierda a los vehículos motorizados detenidos en semáforos o retenciones para situarse en las zonas de espera adelantada cuando existan. El objetivo es aumentar su visibilidad y favorecer una incorporación más segura cuando el semáforo vuelva a abrirse. 

Además, el Reglamento contempla que las bicicletas puedan circular en doble sentido en calles de un único carril limitadas a 30 kilómetros por hora o menos, aunque esta posibilidad no será automática. Será cada ayuntamiento quien pueda autorizarla y señalizarla expresamente en aquellas vías donde considere que existen las condiciones adecuadas. 

Precisamente sobre este punto, la subdirectora general técnica de la Asociación Española de la Carretera pidió prudencia. «Es importante destacar que el Reglamento establece que la autoridad municipal podrá permitir esta circulación. No la permite por defecto», recordó. En su opinión, cada caso deberá analizarse «con sumo cuidado» por los posibles conflictos que puedan surgir entre usuarios de la vía, especialmente porque «el ciclista, como usuario más vulnerable, sería el más perjudicado desde el punto de vista de la seguridad». 

Los negocios deberán revisar cuatro ascpectos antes del uno de octubre 

Aunque la entrada en vigor de la reforma no se producirá hasta el próximo uno de octubre, los expertos recomiendan que las empresas y los autónomos que utilizan motocicletas, bicicletas o vehículos de movilidad personal para desarrollar su actividad no esperen al último momento para adaptarse. En muchos casos, bastará con comprobar que el equipamiento ya utilizado cumple las nuevas exigencias, mientras que en otros será necesario actualizar determinados elementos o reforzar la información que reciben los trabajadores.

Antes de esa fecha, conviene revisar especialmente los siguientes aspectos: 

  • Comprobar que el equipamiento de los trabajadores se ajusta a la nueva normativa, verificando, según el vehículo utilizado, el uso de casco, chaleco reflectante de alta visibilidad, guantes de protección o calzado cerrado cuando resulte obligatorio.  
  • Verificar que todos estos elementos cumplen las especificaciones técnicas exigidas por el Reglamento y que se encuentran en buen estado de conservación.  
  • Informar a la plantilla sobre las nuevas normas de circulación, especialmente aquellas relacionadas con el uso del arcén por motocicletas, las nuevas reglas para bicicletas en ciudad o las obligaciones específicas que incorpora la reforma.  
  • Revisar los procedimientos internos de seguridad vial laboral, de forma que las nuevas obligaciones y recomendaciones queden incorporadas a la organización del trabajo y a los protocolos de prevención de la empresa.  

Precisamente, para Elena de la Peña, este último aspecto será tan importante como el propio equipamiento. «En cuanto a las empresas, si utilizan motocicletas, bicicletas o vehículos de movilidad personal en su actividad diaria, conviene aprovechar estos meses para informar a sus trabajadores y revisar sus procedimientos de seguridad vial laboral, algo que seguramente todas las empresas ya habrán previsto», señaló.