La Junta de Extremadura ha publicado el proyecto de decreto en el que se articularán nuevas ayudas de mínimis dirigidas a reducir el coste de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV) a los autónomos y sociedades por los vehículos que utilicen en su actividad.
Con el fin de seguir favoreciendo la recuperación económica del colectivo en la región, estas ayudas cubrirán una parte del coste de la tasa a trabajadores por cuenta propia y negocios, a quienes supone un gasto contable en su economía cumplir con esta obligación.
Se considerará gasto subvencionable el coste de la inspección técnica periódica cuando el vehículo esté afecto a la actividad, la titularidad del vehículo esté sujeta al trabajador por cuenta propia o empresa y la inspección se lleve a cabo en las estaciones de ITV ubicadas en Extremadura.
Se podrán beneficiar los autónomos y empresas con vehículos inspeccionados este año
Una vez que se apruebe el decreto, la ayuda será aplicable a los vehículos que hayan sido inspeccionados durante este año. Podrán solicitar la ayuda las personas tanto físicas como jurídicas que desarrollen su actividad en Extremadura, legalmente constituidas en nuestro país y que tengan su residencia fiscal en la región.
Para ello, deberán ser titulares de alguno de los siguientes vehículos:
- Vehículos cuya masa máxima técnica admisible (MMTA) sea superior a 3,5 toneladas.
- Vehículos agrícolas.
- Vehículos de obras o servicios Autobuses.
- Camión con MMA ≤ 3.500 kg.
- Furgón/furgoneta con MMA ≤ 3.500 kg.
- Ciclomotor Escuela de conductores.
- Motocicleta Escuela de conductores.
- Turismo Escolar no exclusivo.
- Turismo Escuela de conductores
- Turismo Taxi
- Turismo Autoturismo
- Turismo Ambulancia
- Turismo Funerario
- Derivado turismo
- Vehículos Pick – up
Además, este vehículo afecto a la actividad deberá estar obligado por la normativa vigente a pasar inspección técnica periódica en el ejercicio que cubre la convocatoria, y el autónomo o empresa tendrá que estar ejerciendo una actividad comercial, profesional o empresarial en el momento de presentar la solicitud de la ayuda.
Las ayudas estarán definidas según la categoría del vehículo del que sea titular el autónomo
Las ayudas ascenderán al 50% de la tasa legalmente establecida en los Presupuestos Generales de la región o de la tarifa autorizada por la Dirección General de Movilidad y Transportes -en función de si la inspección se realiza en una estación gestionada directamente por la Administración pública o en régimen de concesión administrativa-.
El plazo para presentar solicitudes de estas ayudas finalizará el 31 de marzo de 2025, una vez que se publique el DOE de la convocatoria.
El procedimiento para otorgar las ayudas será mediante el sistema de concesión directa, a través de convocatoria abierta. Las solicitudes de subvención que remitan los autónomos y empresas que cumplan los requisitos serán atendidas conforme se vayan presentando las mismas, siempre que exista crédito presupuestario en la aplicación y proyecto fijados en el acto de convocatoria.




