Ya hay fecha fijada para que los bancos comiencen a ofrecer en España transferencias inmediatas sin cobrar comisiones añadidas a los autónomos que las utilicen. Es decir, por el mismo coste que una transferencia ordinaria, -y que, según el tipo de entidad, podrían llegar a ser gratuitas-.

A partir de esta fecha, los bancos y otros proveedores de servicios de pago tendrán que ofrecer a los clientes el servicio de transferencias instantáneas en euros sin los mencionados cargos superiores frente a otras transferencias, y deberán realizarse en menos de 10 segundos.

La nueva normativa, aprobada en febrero, e impulsada por el Parlamento Europeo, beneficiará especialmente a los trabajadores por cuenta propia y a los pequeños negocios que enfrentaban pequeños sobrecostes por llevar a cabo estas transacciones necesarias para su actividad. 

Fuentes de la Comisión Europea ya adelantaron a este diario que los autónomos y pequeños negocios también podrán aplicar estos beneficios a través de sus cuentas de empresa, reduciendo con ello ese coste añadido que se veían obligados a asumir, por ejemplo, cuando tenían que realizar una transferencia urgente.

Además, cuando se produzcan pagos por lotes, como sucede para pagar las nóminas de los trabajadores, también podrán emplear estos servicios. 

El servicio estará disponible para todos los autónomos y empresas que tengan una cuenta bancaria en la UE

La medida trata de aumentar la seguridad en este tipo de transacciones, así como reducir los tiempos de espera, especialmente en el caso de las pequeñas y medianas empresas, que en España suponen el 99,8% del tejido empresarial del país.

Además, se aplicará a cualquier entidad bancaria situada en territorio europeo. Es decir, que será un servicio disponible para todos los autónomos y empresas que tengan una cuenta bancaria dentro de la Unión Europea, pero también en los países del Espacio Económico Europeo, y que puede resultar de interés en el caso de aquellos trabajadores por cuenta propia que realicen transacciones intracomunitarias -aunque solo se aplicarán a los pagos realizados en euros-.

Bajo la normativa europea, bancos y entidades de pago deberán asegurar que estas transferencias inmediatas se efectúan en el tiempo establecido y que se mantienen las condiciones descritas. Para los países europeos con moneda diferente del euro, habrá un período transitorio diferente, que obligará a las entidades, en principio, a partir de 2027.