La Seguridad Social notificó que los autónomos pueden fraccionar directamente, desde el portal web Importass, las prestaciones indebidas a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), en pagos de 100 euros al mes y por un plazo máximo de cinco años.

La posibilidad de fraccionar los pagos en cuantías mínimas de 100 euros mensuales, hasta en 60 plazos, fue un cambió que entró en vigor en 2024. Tras la reforma del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (artículo 80.4), con el que se modificaron las condiciones de los autónomos para devolver las prestaciones que adeudan al organismo público.

Con este cambio, se flexibilizaron ligeramente dichas condiciones, permitiendo la cuantía mínima de 100 euros y ampliando el plazo máximo de devolución de los cuatro años (48 mensualidades) a los cinco años (60 mensualidades).

  1. No ingresar tres de las mensualidades provocará el fin del fraccionamiento de la deuda
  2. Los autónomos podrán devolver prestaciones indebidas de hasta 6.000 euros en cuotas de 100
  3. ¿Cómo realizar la solicitud si el autónomo no dispone de notificación electrónica?
  4. Requisitos para solicitar el fraccionamiento

No ingresar tres de las mensualidades provocará el fin del fraccionamiento de la deuda

Pueden beneficiarse de estos fraccionamientos los trabajadores por cuenta propia que hayan percibido indebidamente prestaciones como el cese de actividad, la jubilación, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o la incapacidad permanente, siendo un cambio que ofrece algo más de facilidad para devolver las cuantías.

Para poder fraccionar las deudas por prestaciones indebidas, siempre en mensualidades mínimas de 100 euros, con independencia del importe de la deuda, será necesario que el trabajador por cuenta propia o su apoderado “disponga del número de la reclamación de la deuda que se le haya notificado”, señaló la Seguridad Social. 

Si el autónomo consigue, acreditada su situación económica, que la Seguridad Social le conceda la solicitud de fraccionamiento, no cumplir con el ingreso del importe en tres de las mensualidades provocará la finalización del fraccionamiento y el cobro de intereses de demora. 

También se dará por incumplido el acuerdo de fraccionamiento cuando el autónomo deje sin abonar el último de los plazos finalizado el último período de pago. Según fuentes laboralistas consultadas, se entrará en el período de cobro ejecutivo de la deuda con la emisión de una providencia de apremio, para saldar la cuantía pendiente. 

Los autónomos podrán devolver prestaciones indebidas de hasta 6.000 euros en cuotas de 100

Con las nuevas condiciones de devolución para estas prestaciones, los autónomos que podrán ajustar sus devoluciones a la cuota mínima de 100 euros serán aquellos que adeuden al organismo público menores cantidades; en concreto, hasta los 6.000 euros.

Hasta esa cuantía será posible solicitar el abono en cuotas de 100 euros, con un plazo máximo de cinco años. Por ejemplo, si la deuda asciende exactamente a 6.000 euros y la Tesorería concede el fraccionamiento, se podrían abonar 100 euros mensuales durante 60 plazos hasta completar la devolución.

Los autónomos pueden fraccionar en pagos de 100 las deudas por prestaciones indebidas desde IMPORTASS
Los autónomos pueden fraccionar en pagos de 100 euros las deudas por prestaciones indebidas desde Importass.

Sin embargo, para los autónomos que deban cantidades superiores, ya no será posible aplicar la cuota mínima de 100 euros al mes para abonar la deuda. Dado que el plazo máximo de devolución es de 60 mensualidades. Aunque la ampliación del tiempo máximo de devolución también les permitirá disponer de una mayor liquidez. 

Así, para un autónomo que deba una prestación por valor de 8.500 euros, podría devolverla hasta en mensualidades de 141 euros –agotando el plazo máximo de devolución– en lugar de mensualidades de 177 euros. 

¿Cómo realizar la solicitud si el autónomo no dispone de notificación electrónica?

En el caso de que el trabajador por cuenta propia no suponga de identificación electrónica para tramitar el fraccionamiento, la Seguridad Social aclaró que será necesario descargar la documentación necesaria (la orden de domiciliación y la hoja de solicitud) para su cumplimentación antes de acceder al apartado online de Importass. 

Además, se requerirá al autónomo aportar una selfi y adjuntar una fotografía de su Documento Nacional de Identidad.

Requisitos para solicitar el fraccionamiento

Para poder solicitar el fraccionamiento de la deuda por prestaciones indebidas a la Tesorería, será necesario tener en cuenta los requisitos, establecidos en el BOE:

  • La Seguridad Social tendrá la competencia para autorizar y establecer los plazos para el pago fraccionado del reintegro de prestaciones indebidamente percibidas, cuando el autónomo así lo solicite.
  • El trabajador por cuenta propia deberá acreditar que su situación económica le impide efectuar el reintegro de la deuda en el plazo indicado en la reclamación. Esta información será valorada por el órgano competente, como se ha mencionado.
  • En caso de que se le deniegue la solicitud, la resolución le otorgará un nuevo plazo de ingreso de 15 días desde su notificación, a menos que “sea mayor la parte del plazo que reste para el pago fijado en la reclamación de deuda”. Ésta se establece inicialmente en el último día hábil del mes siguiente a la primera notificación.