Los graduados sociales prevén una posible subida de la Tarifa Plana estatal de autónomos para el 2026. La Tarifa Plana, que consiste en el pago de la cuota reducida de autónomos al comienzo de su actividad, podría elevar su cuantía más allá de su importe actual, que se encuentra fijado en un mínimo de 80 euros mensuales.
En ese caso, los nuevos trabajadores autónomos que comenzaran a darse de alta a partir del ejercicio que viene abonarían, según los graduados sociales, una cuota superior por comenzar una actividad por cuenta propia. Habrá que ver como influye en las convocatorias de la cuota cero en las comunidades autónomas.
En principio, Tarifa Plana está pensada para cubrir las cotizaciones a la Seguridad Social durante el primer año de actividad, salvo que se pertenezca a determinados colectivos especiales. Después, se puede prolongar durante un segundo año si en el ejercicio se obtienen unos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
La Tarifa Plana también se incrementó después del 2022. Cabe recordar que la cuota actual entró en vigor para todos aquellos autónomos que se dieran de alta a partir del 1 de enero de 2023. Anteriormente, esta cuota especial para favorecer el alta por cuenta propia estaba fijada en 60 euros mensuales.
La Tarifa Plana actual de 80 euros mensuales está fijada hasta el 2025
La actual Tarifa Plana tenía periodo de vigencia hasta el año 2026, por lo que debería ser objeto de revisión durante el próximo ejercicio. “La finalidad era estudiar cómo iba a funcionar, cómo se iba a proceder, y ajustar mejor los tramos de cotización”, añadieron los graduados sociales.
Según explicaron, se prevee una modificación de la tarifa que podría ir de la mano de una ampliación de los tramos de cotización, con los correspondientes ajustes y aumentos de las cuotas en determinados tramos. “Los tramos ahora mismo están muy abiertos. Hay mucha diferencia entre las bases mínimas y máximas de un tramo a otro, que se van a tratar de ajustar [desde el ministerio]”.
En concreto, el Real Decreto-ley 13/2022, que estableció el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y cambios en la protección por cese de actividad, estableció mantener esta reducción a la cotización por inicio de la actividad, pero adaptada al nuevo sistema de cotización.
Asimismo, la disposición transitoria quinta del texto establece la cuantía de la cuota reducida en 80 euros mensuales para el período comprendido entre los años 2023 y 2025, y que, a partir de 2026, será fijada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPG) de cada ejercicio.
Estos son los requisitos para acceder a la Tarifa Plana
Por el momento, los requisitos para poder tener derecho a la tarifa estatal son:
- Darse de alta por primera vez en Trabajo Autónomo. Durante este periodo, se cotiza por el importe de la base mínima del tramo 1 de la tabla general de cotización.
- Esta tarifa se abona con la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,8%), por lo que asciende a 87,60 euros, según aclara la Seguridad Social.
- No es posible haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores, o tres años anteriores si se hubiera disfrutado de este incentivo anteriormente.
- Para prorrogar la tarifa por otros doce meses si los rendimientos económicos son inferiores al SMI, se debe acreditar a través de la declaración sobre la previsión de los rendimientos netos.
- La tarifa tiene una duración mínima de 24 meses, prorrogables otros 36 (un total de cinco años), cuando los beneficiarios sean determinados colectivos, a los que se da acceso a esta reducción especial. Así sucede con las personas con discapacidad acreditada, las mujeres víctimas de violencia de género, o las víctimas de terrorismo.
- En el caso de que el nuevo autónomo esté de alta en varios regímenes, tiene que elegir entre los incentivos de la Tarifa Plana o los que se otorgan en pluriactividad.
La mayoría de CCAA ha establecido la cuota cero para facilitar el inicio de actividad como autónomo
Según los últimos datos de la estadística de personas trabajadoras por cuenta propia de la Seguridad Social, en España hay actualmente 444.935 autónomos disfrutando de la Tarifa Plana.
Muchos de estos trabajadores por cuenta propia se encuentran también disfrutando de la cuota cero, una medida puesta en marcha por la mayoría de las comunidades autónomas para sufragar el coste de las cotizaciones durante, como mínimo, el primer año de actividad.
Por norma general, el requisito principal para acogerse a la cuota cero es tener reconocido, primeramente, el derecho a la Tarifa Plana, de forma que esta cuota autonómica cubre el coste anual que tendría la tarifa especial estatal, a fin de reducir aún más los costes en los que los trabajadores por cuenta propia incurren al comienzo de la actividad.
Sin embargo, se desconoce durante cuanto tiempo mantendrán estas comunidades vigentes este incentivo fiscal, que permite ahorrar, como mínimo, el coste de los seguros sociales al completo durante el primer año, en la mayor parte de territorios.






