El Tribunal Supremo emitió recientemente una sentencia que amplía las reducciones en el Impuesto a la electricidad a las que, hasta ahora, sólo accedían los negocios del sector industrial. Según el Alto Tribunal, todos los negocios que hagan un consumo intensivo de energía deberían tener derecho a este incentivo fiscal, puesto que su finalidad es la de rebajar los impuestos a aquellas empresas que más energía consumen para desarrollar su actividad.
El Impuesto a la electricidad es un tributo que pagan, muchas veces sin darse cuenta, la gran mayoría de hogares y negocios españoles. Este gravamen es el responsable de una buena parte del coste energético que asumen los consumidores españoles. Para rebajar esta carga, la Ley de Impuestos Especiales recoge desde hace años una reducción del 85% de la base imponible en el impuesto sobre la electricidad para las actividades que más energía consumen. En un principio son las industriales.
De hecho, la norma se refiere explícitamente a que este incentivo está disponible para los negocios industriales sin entrar a valorar cuáles. Por este motivo, normalmente, la Administración ha tendido a admitir esta rebaja fiscal -que puede suponer miles de euros- sólo a las actividades que pertenezcan a determinados epígrafes. De hecho, según aseguraron distintos expertos, sólo se ha permitido acceder a este incentivo a unos pocos negocios que forman parte de determinados epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Siempre pertenecientes al sector industrial
El Supremo dicta ahora que todos los negocios con «alto consumo energético» pueden acceder a la rebaja del impuesto eléctrico
Según dice la ley de Impuestos Especiales, los negocios pueden acceder a una reducción del 85% de la base imponible del impuesto sobre la electricidad si son actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad supere el 5% del valor de su producción. El problema es que no define cuáles son estas actividades.
Hasta ahora, la Administración ha rechazado el acceso a la rebaja del 85% en el Impuesto a la Electricidad a casi cualquier negocio que no formara parte de un epígrafe considerado del sector industrial. Incluso si fuera un actividad vinculada a estas empresas o con un alto consumo de energía.
Según confirmaron desde el despacho de abogados Cuatrescasas, en los últimos años, «tanto la Dirección General de Tributos (DGT) como los tribunales económico-administrativos han venido sosteniendo que la expresión ‘actividades industriales’- a la que se refiere la ley- debía interpretarse en base en lo previsto por la normativa reguladora del Impuestos sobre Actividades Económicas (IAE)».
De esta manera, apuntaron desde el despacho, la rebaja fiscal quedaba «circunscrita a los negocios que realicen las actividades de la Industria clasificadas como tales en las divisiones 1 a 4 de la Sección 1ª de las Tarifas del IAE. Es decir, actividades industriales en sentido estricto».
Los negocios podrían reclamar su reducción hasta cuatro años atrás
Desde ahora, con la sentencia que emitió el Tribunal Supremo el pasado 17 de abril, esta rebaja se ampliaría a cualquier otro negocio que reúna los requisitos para ser considerado «electro-intensivo». Según el Alto tribunal, esta reducción se debe interpretar en base a la Directiva 2003/96, del Consejo de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad.
Teniendo en cuenta esta norma y el contexto, «cualquier empresa de elevado consumo energético debería poder beneficiarse de esta reducción», según el despacho Cuatrecasas. De hecho, según los abogados , a raíz de esta Sentencia, que corrige la interpretación de esta reducción que había venido aplicando la Administración hasta el momento, » convendría que las empresas intensivas en consumo de electricidad revisaran si con este nuevo criterio, más amplio, cumplen los requisitos establecidos en la LIE para poder beneficiarse de la reducción».
Es más, según la sentencia, esto podría permitir a miles de negocios que no pertenecen a un epígrafe estrictamente industrial no sólo beneficiarse de esta reducción, sino también recuperar el impuesto indebidamente ingresado en los últimos 4 años.



