A finales de octubre el Ministerio de Hacienda aprobó el nuevo reglamento de la Ley Antifraude que obligará a que todos los programas de facturación que utilizan los autónomos cumplan una serie de requisitos para ser legales. Uno de ellos es incorporar ‘Verifactu’, una funcionalidad para remitir facturas a la Agencia Tributaria en tiempo real.
Según la orden ministerial publicada a finales de 2024, entre los muchos requisitos que se establecen, está la obligación de que todos los software ofrezcan obligatoriamente la posibilidad de remitir de manera automática y en tiempo real todas las facturas a Hacienda. De hecho, los desarrolladores y empresas que vendan estos programas sólo tienen hasta julio para actualizar sus sistemas e introducir esta funcionalidad.
Esto significa que en apenas siete meses todos los programas de facturación que se comercialicen en nuestro país deberán dar la opción a los autónomos de activar este sistema de «facturas verificables». Con Verifactu, Hacienda conocerá datos como las operaciones y los impuestos que están pagando los autónomos desde el mismo momento de la emisión.
Además, en estos próximos siete meses, Hacienda debería tener lista la plataforma donde recibirá automáticamente las facturas de los negocios, que ahora mismo estarían ultimando los servicios informáticos de la Agencia Tributaria.
A partir de julio todos los nuevos programas deberán incluir la opción de Verifactu
Tras publicar el nuevo reglamento, la Agencia Tributaria sacó a consulta pública un documento que ampliará los plazos que se les da a las empresas y autónomos que usan los programas de facturación para que los actualicen a la nueva normativa, cumplan con la ley y eviten sanciones.
Sin embargo, a día de hoy, el plazo para que los productores y comercializadores de programas de facturación se adapten a la normativa e incorporen Verifactu en sus sistemas sigue siendo el mismo: julio de 2025. A partir de ese momento cualquier nuevo software que compren los negocios deberá dar la posibilidad de remitir facturas automáticamente y en tiempo real.
En el caso de los beneficiarios, es decir, los autónomos que utilicen estos programas, el plazo para adaptar sus antiguos programas a la ley antifraude es más amplio. Según plantea Hacienda, la aplicación de esta normativa se pospondrá hasta el 1 de enero de 2026 para las sociedades mercantiles.
En el caso de los autónomos persona física el plazo sería más amplio y tendrán hasta el próximo 1 de julio de 2026 para deshacerse de sus antiguos programas o actualizarlos y utilizar uno con la opción de Verifactu.
¿Cómo funcionará el nuevo sistema para enviar facturas a Hacienda a partir de julio?
El reglamento para los programas de facturación recién aprobado -y que se puede consultar en este enlace– guarda todo un capítulo destinado a las características y funcionamiento del nuevo sistema de remisión de facturas a la Agencia Tributaria, que deberán incorporar los softwares.
Éste funcionaría de forma muy parecida al Sistema Inmediato de Información (SII), al que ya están obligadas determinadas empresas que facturan más de seis millones de euros anuales, o Ticket BAI, también obligatorio para los negocios del País Vasco. A diferencia de ellos, de momento, la adhesión a VERI*FACTU será voluntaria para los autónomos.
Según explica la orden ministerial, para los autónomos que elijan la opción de ‘activar’ Veri*factu en su programa, la remisión de registros de facturación a la Agencia Tributaria se realizará mediante mensajes en formato XML con los contenidos y estructura establecidos en la ley. Además, estos sistemas informáticos deberán implementar un mecanismo de control basado en el tiempo de espera entre envíos, el cual tomará inicialmente el valor de 60 segundos.
El funcionamiento del nuevo sistema sería el siguiente: el programa informático realizará el envío del primer conjunto de registros de facturación a la Agencia Tributaria. La Administración devolverá, entre otros datos, un valor actualizado del tiempo de espera entre envíos.
El sistema remitirá, al menos, una vez cada hora las facturas de los negocios
Una vez recibidos, los ficheros remitidos a la Agencia serán sometidos a diversas validaciones de calidad En caso de que todo esté correcto y la factura supere el filtro, se recibirá la respuesta afirmativa por parte de Hacienda, aunque esto no impide que pueda haber posteriores validaciones por parte de la Inspección.
Si la remisión fuera rechazada por no cumplir las validaciones establecidas, se informará del código de error que motiva el rechazo
El sistema informático deberá reintentar periódicamente, al menos una vez cada hora, el envío de los registros de facturación pendientes de remitir. Asimismo, la plataforma deberá avisar de que se ha producido una incidencia que ha impedido la remisión de todas las facturas, indicando cuántas faltan por remitir.
El envío de las facturas a la Agencia recibirá como respuesta, entre otros datos, un código seguro de verificación cuando al menos uno de los registros de facturación del fichero remitido sea correcto y, por tanto, se acepte su envío. El remitente podrá utilizar este código para verificar ante Hacienda que se ha remitido la información correctamente.
Plazos para adherirse a Verifactu a partir de julio
Según explica la orden ministerial, los autónomos que estén interesados en remitir automáticamente sus facturas podrán iniciar en cualquier momento el funcionamiento de su programa como «VERI*FACTU»
Eso sí, la adhesión a este sistema deberá mantenerse siempre al menos hasta el final del último año en que haya funcionado como tal, es decir, hasta el 31 de diciembre de dicho ejercicio. La forma de renunciar a que el sistema informático funcione como «VERI*FACTU» será cumplimentando el campo previsto a tal efecto en los mensajes de remisión de registros de facturación a la Agencia Tributaria, donde se indicará la última fecha en la que se enviarán las facturas de esta manera.
El primer mensaje en el que se rellene dicho campo informando de la fecha de fin de funcionamiento como «VERI*FACTU» deberá remitirse antes del final del año natural en el que se quiera hacer la renuncia.




