Más de 160.000 autónomos y empresas cobraron alguna de las ayudas de Kit Digital durante el año pasado. Estos bonos digitales, de hasta 12.000 euros para los pequeños negocios y de hasta 25.000 euros para los medianos, han servido ya para digitalizar más de medio millón de actividades.
Según los datos de Red.es, la entidad gestora de estos bonos, en diciembre de 2023, había más de 310.000 autónomos y pequeños negocios que habían cobrado una ayuda de Kit Digital. Sin embargo, a cierre de 2024, la cifra de beneficiarios ya alcanzaba los 570.000. Esto significa que, en sólo un año, más de 160.000 trabajadores por cuenta propia y empresarios han percibido uno de estos bonos digitales.
Los autónomos que hayan cobrado durante 2024 estas ayudas van a tener que declararlas a Hacienda en 2025. Como ya avanzó este diario, este cheque que perciben los trabajadores por cuenta propia no está exento de impuestos. De hecho, como cualquier otra ayuda regulada por la Ley de Subvenciones, está sujeta al IVA y también a IRPF. Pero se puede lograr el coste fiscal cero.
El programa Kit Digital permite a los pequeños negocios invertir en soluciones de digitalización. Estos cheques que paga el Gobierno a cuenta de los fondos europeos a los trabajadores por cuenta propia y las pymes sirven para que éstos contraten a un agente digitalizador que les instale alguna solución digital en su actividad. Por ejemplo, una página web o un programa de facturación.
Los agentes digitalizadores cobran el dinero que recibe el autónomo y, cuando implantan la solución en el negocio, el agente les emite una factura. No hay que olvidar que esta factura incluye IVA y, del mismo modo, la ayuda de Kit Digital que recibieron los trabajadores por cuenta propia para abonar ese servicio entre enero y diciembre de 2024 constituye un ingreso que hay que incluir en la declaración de la RENTA de este año.
Los autónomos que cobraron el Kit Digital en 2024 deberán declarar las ayudas en esta RENTA
Los autónomos que hayan cobrado el Kit Digital tendrán que incluir esta subvención en dos impuestos: el primero es la declaración trimestral de IVA. Si percibieron la ayuda a finales de 2024, por ejemplo, tendrían que haber pagado seguramente el IVA en el cuarto trimestre al agente digitalizador y podrían deducírselo en su autoliquidación de este mes.
José Carlos Piñero, director del área jurídica de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), afirmó a este diario que «con la declaración de la RENTA sucede algo parecido. Los autónomos tendrán que incluir esta ayuda como un ingreso de su actividad, sí. Pero también deducirán ese mismo importe como gasto ya que pagaron al agente digitalizador ese cheque para que implantara un servicio en su negocio. Esto significa que hay que incluir la ayuda de Kit Digital en la declaración anual de IRPF, pero su efecto fiscal es inocuo. El trabajador por cuenta propia no paga ni más ni menos a causa de esta subvención».
El Kit Digital no tiene ningún coste fiscal si se declara correctamente
De este modo, el director del Área jurídica de ATA puso un ejemplo: imaginemos a un trabajador por cuenta propia que ha cobrado un cheque de 2.000 euros a finales de 2024 porque le correspondía ese dinero al tener menos de tres empleados a su cargo. Primero recibió la ayuda y luego la gastó en poner en marcha una página web y en gestionar sus redes sociales.
Pues bien, ese trabajador por cuenta propia deberá incluir los 2.000 euros que recibió como un ingreso de la actividad en la campaña de la RENTA que empezará en abril de 2025. «Pero al mismo tiempo tiene un gasto paralelo, que es el coste de la actuación que ha pagado al agente digitalizador y que debe ser también de 2.000 euros. Al final, resulta fiscalmente inocuo porque sus ingresos han aumentado 2.000 euros pero sus gastos también», aseguró José Carlos Piñero.
Los autónomos también deben pagar un 21% de IVA, aunque pueden deducirlo más tarde
Al igual que ocurre con el IRPF, el Kit Digital también lleva IVA incluido. La Ley de Subvenciones, en el artículo 31, indica que “en ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta”. En virtud de esta normativa, con el Kit Digital ocurrirá lo mismo: una vez que el agente digitalizador le haya prestado el servicio, la empresa le enviará al negocio que ha recibido la ayuda de Kit Digital una factura que incluirá tan sólo el importe a abonar por el IVA de la solución que se le ha implantado en el negocio.
Así, por ejemplo, un negocio que tiene sólo un empleado pertenecería al segmento 3 y habría recibido un bono de 2.000 euros para digitalizar su negocio. Si este autónomo decidiera gastar todo el dinero en la creación de una página web, que tiene un límite de 2.000 euros, lo primero que tendría que ver es cuánto vale el servicio que ofrece el agente digitalizador y si ha incluido el IVA. Imaginemos que el servicio cuesta justo estos 2.000 euros. Lo que sucederá es que el agente digitalizador le prestará el servicio de forma gratuita pero le cobrará 420 euros por el IVA del servicio», explicaron fuentes oficiales a este medio.
Si, por el contrario, el IVA ya estuviera incluido en la solución que ofrece el agente digitalizador, el proceso sería el mismo, sólo que en este caso el autónomo deberá tener en cuenta que el Kit Digital sólo cubrirá una parte del precio del servicio.
Habitualmente, los autónomos declaran el IVA de manera trimestral: del 1 al 20 de abril (para el primer trimestre del año); hasta el 20 de julio (para el segundo trimestre) y del 1 al 20 de octubre (para el tercer trimestre). La autoliquidación del cuarto trimestre se realiza del 1 al 30 de enero del año siguiente.
De este modo, volviendo al ejemplo anterior de un autónomo del segmento 3 que haya invertido 2.000 euros en soluciones digitales, podría darse el caso de que recibiera la ayuda a final de año, y en diciembre el agente digitalizador le instalara el servicio en la empresa. Si el agente le envía la factura de este servicio a final de 2024 y el trabajador por cuenta propia abona 420 euros en ese mes, podría deducirlo en la declaración del IVA a presentar este enero.
Una vez pagado este IVA e implantado el servicio en el negocio, el autónomo deberá guardar la factura y en este modelo que presentará en enero podrá deducirse estos 420 euros. Esto hará, o bien que pague 420 euros menos o bien que Hacienda le devuelva dinero, dependiendo del resultado que haya tenido en su liquidación.
Ahora bien, no hay que olvidar que durante unos meses este autónomo no habrá dispuesto del dinero que adelantó al agente digitalizador. Por lo tanto, y aunque el coste fiscal sea inocuo, el pago del IVA restará liquidez durante un tiempo al trabajador por cuenta propia.





