Los autónomos que se acojan a la Ley de Segunda Oportunidad pueden cancelar deudas sin vender necesariamente todos sus bienes. Eso sí, siempre que propongan un plan de pagos viable y justifiquen ante el juez que determinados activos son necesarios para seguir trabajando o mantener unas condiciones de vida dignas. Esta vía puede permitir conservar, según cada caso, la vivienda habitual, la furgoneta, la maquinaria, los ordenadores, las herramientas o incluso el local del negocio.

Aunque esta posibilidad existe desde la reforma concursal de 2022, las últimas resoluciones del Tribunal Supremo obligan a preparar mejor la solicitud. El autónomo no debe pedir de forma genérica que se le perdonen “todas las deudas exonerables”, sino identificar con precisión cada crédito: acreedor, importe, origen, fecha, vencimiento y tipo de deuda.

Ese mayor nivel de detalle afecta a los autónomos que arrastran préstamos, facturas impagadas, deudas vendidas a fondos, intereses, recargos o importes pendientes con Hacienda y la Seguridad Social. Además, los jueces controlan con más rigor la buena fe del deudor y pueden valorar sanciones tributarias, laborales o de Seguridad Social cuando revelen una conducta grave o fraudulenta.

  1. Los autónomos pueden conservar bienes, pero no de forma automática
  2. El plan de pagos exige ingresos estables y puede perderse si el autónomo incumple
  3. La vivienda, la furgoneta o las herramientas deben justificarse con pruebas
  4. El Supremo aumenta el control sobre la buena fe y sobre las deudas públicas

Los autónomos pueden conservar bienes, pero no de forma automática

Mariano González, socio de Reestructuraciones e Insolvencias de Falcón Abogados, explicó a este diario que la Ley de Segunda Oportunidad no tiene una única salida para los autónomos endeudados. “Pensar que acogerse a ella obliga necesariamente a vender todo el patrimonio no es del todo correcto”, señaló, ya que “la liquidación es solo una de las posibilidades previstas”.

Esa alternativa puede resultar decisiva cuando el autónomo conserva capacidad para asumir pagos durante varios años y necesita seguir utilizando activos vinculados a su actividad. Mariano González recordó que la reforma introducida por la Ley 16/2022 permite, “en determinados supuestos, acceder a la exoneración de las deudas mediante un plan de pagos, sin necesidad de liquidar previamente todos sus bienes”.

Este mecanismo puede ser especialmente importante para autónomos que necesitan conservar determinados activos para seguir trabajando. Un transportista puede depender de su furgoneta, un electricista de sus herramientas, una tienda de su local o un profesional digital de sus equipos informáticos, siempre que la conservación de esos bienes sea compatible con el pago parcial a los acreedores.

Ahora bien, el experto insistió en que no basta con invocar la necesidad de esos bienes para que el juez los excluya de la liquidación. “No existe un derecho automático a conservar la vivienda, el vehículo o los bienes afectos a la actividad”, advirtió Mariano González, porque cada caso “debe examinarse según la situación económica del deudor, el valor de los bienes y el interés de los acreedores”.

El plan de pagos exige ingresos estables y puede perderse si el autónomo incumple

La elección entre una vía u otra depende de si el negocio todavía genera ingresos suficientes para asumir pagos futuros sin perder los bienes que necesita para funcionar. Según Mariano González, “el plan de pagos suele ser la opción más interesante cuando el autónomo dispone de ingresos estables”, sobre todo si pretende mantener bienes vinculados a la vivienda habitual o al desarrollo de su actividad.

Mariano González Revilla es socio de Reestructuraciones e Insolvencias de Falcón Abogados
Mariano González Revilla es socio de Reestructuraciones e Insolvencias de Falcón Abogados.

Pero esta opción también implica más control y más obligaciones durante varios años. Mariano González recordó que “el deudor debe acreditar que el plan es viable y cumplirlo durante el plazo legalmente previsto”. Porque el perdón de las deudas no queda blindado “si el autónomo deja de pagar, oculta ingresos o incumple las condiciones aprobadas”.

De hecho, uno de los riesgos más relevantes para los pequeños negocios es que la exoneración pueda perderse después de haber sido concedida. El socio de Falcón Abogados fue claro sobre este punto: “Si incumple las obligaciones asumidas, el perdón puede verse revocado”.

La vivienda, la furgoneta o las herramientas deben justificarse con pruebas

Entre los bienes que suelen intentar proteger los autónomos en esta situación figuran la vivienda habitual, los vehículos de trabajo, la maquinaria, los ordenadores, las herramientas y, en algunos casos, el local del negocio. Mariano González explicó que “suelen intentar protegerse aquellos bienes que resultan necesarios para que el profesional pueda mantener la actividad o unas condiciones mínimas para su vida familiar”.

El análisis, sin embargo, es más estricto cuando el bien tiene un valor elevado o soporta cargas importantes, como ocurre con algunos locales o inmuebles. En el caso de la vivienda habitual, el experto recordó que “no hay una regla automática”, aunque puede conservarse en determinados supuestos si está hipotecada, las cuotas están al corriente o la venta no produciría un beneficio real para los acreedores.

La clave, por tanto, no está solo en el tipo de bien, sino en su función dentro de la economía del autónomo. Mariano González resumió este criterio al afirmar que “lo importante no es tanto la categoría del bien, sino justificar que su conservación permite generar ingresos, cumplir el plan de pagos y no perjudica injustificadamente a los acreedores”.

Segunda Oportunidad: los autónomos deben detallar las deudas para no perder bienes y seguir con su negocio
Segunda Oportunidad: los autónomos deben detallar las deudas para no perder bienes y seguir con su negocio.

Este punto conecta con la doctrina reciente del Tribunal Supremo, que ha elevado la exigencia técnica de las solicitudes de exoneración. Ya no resulta prudente pedir simplemente que se perdonen todas las deudas que puedan quedar legalmente exoneradas, sino que conviene identificar cada crédito con detalle, para evitar dudas posteriores sobre qué importes quedan realmente cancelados.

El Supremo aumenta el control sobre la buena fe y sobre las deudas públicas

Otro de los aspectos que más afecta a los autónomos es el control sobre la buena fe del deudor. Las resoluciones recientes han aclarado que algunas sanciones tributarias, de Seguridad Social o laborales pueden impedir el acceso a la Segunda Oportunidad cuando reflejan una conducta grave o fraudulenta, aunque una derivación de responsabilidad no debería bloquear automáticamente la exoneración.

Sigue siendo delicada la deuda pública, porque no puede presentarse como un compromiso que desaparece sin límites. Las cantidades pendientes con Hacienda o Seguridad Social tienen reglas específicas y restricciones propias, aunque la doctrina reciente ha introducido matices sobre qué parte del crédito público puede quedar fuera o dentro del perdón judicial.

Para convencer al juez de que el plan es viable, el autónomo deberá presentar una imagen económica completa y creíble. Según Mariano González, debe acreditar “viabilidad, necesidad y compromiso”, mediante ingresos actuales y previsibles, gastos ordinarios, cargas familiares, cuotas de préstamos o hipotecas, previsión de facturación, contratos en vigor y cartera de clientes.

Tampoco bastará con decir que un bien es útil para trabajar, sino que habrá que explicar por qué es imprescindible y qué daño causaría perderlo. “No basta con afirmar que un vehículo, un ordenador o una maquinaria son útiles”, señaló el experto, ya que el juez valorará si el plan es “real, razonable y viable, y si respeta los derechos de los acreedores”, concluyó el socio de Falcón Abogados.