El Gobierno aprobó el pasado día 23 el Real Decreto-ley 9/2024, con el que dio luz verde a varias medidas en materia económica, tributaria, de transporte o de Seguridad Social. Dentro de esta batería, se encuentra una nueva moratoria de las pérdidas contables, que iba a llegar a su fin este 31 de diciembre y que sirve para que los negocios no tengan que contabilizar las pérdidas que hayan podido tener durante la pandemia o la DANA para evitar la disolución o reestructuración obligada de la sociedad.

La Ley de Sociedades de Capital, en su artículo 363, obliga a los negocios a disolverse si cumplen alguno de los motivos que recoge la norma. Uno de ellos es que la empresa haya tenido «pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que éste se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso».

Miles de negocios, sobre todo del sector turístico, todavía a día de hoy siguen arrastrando pérdidas ocasionadas durante la pandemia, que pudieron ser suficientemente importantes como para acumularse en su contabilidad actual. En caso de tener que incluirlas, los expertos aseguran que muchas de ellas deberían disolverse o presentar un concurso a causa de estos desajustes.

De hecho, los expertos del Consejo General de Economistas (CGE) instaron en su momento al Gobierno a anular temporalmente esta causa como motivo de disolución de los negocios ya que, de otra manera, miles de actividades viables podrían verse obligadas a cerrar sus puertas a causa de haber tenido pérdidas, no ya durante 2024 sino en 2021 y 2020.  

Estos dos años, sumados a los últimos meses de 2024 a causa de la DANA, no deberían tenerse en cuenta de cara a interpretar la viabilidad de los negocios ya que se juntó la pandemia, la crisis de los costes y ahora esta última catástrofe en decenas de municipios valencianos. Según los economistas consultados, estas situaciones extraordinarias han generado pérdidas en los negocios que «nada tienen que ver con su viabilidad».

Por este motivo, el Gobierno finalmente ha vuelto a ampliar una moratoria de las pérdidas contables en el paquete de medidas económicas y de Seguridad Social aprobado el pasado día 23. Con ello, la contabilidad de 2020 y 2021, así como las pérdidas ocasionadas este año por la DANA quedarán fuera de las cuentas del año que viene y del siguiente.

No se obligará a los negocios a disolverse por pérdidas acumuladas del COVID o la DANA

La moratoria concursal que aprobó el Gobierno hace ya casi tres años se extendió a 2024, pero hubiera finalizado este 31 de diciembre. Finalmente, la medida se ha prorrogado a través del Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se amplían determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.

Así quedó reflejado en el artículo 5 de este decreto, bajo el nombre «suspensión de la causa de disolución por pérdidas provocada por diversos acontecimientos naturales». Según esta norma, «a los solos efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución prevista en el artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital, no se tomarán en consideración las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2026″. 

Por lo tanto, durante 2025 y 2026, en caso de haber registrado pérdidas por la pandemia, todas ellas quedarán fuera de la contabilidad del negocio y quedarán exentas de la obligación de disolverse. Ahora bien, según este mismo texto, «si excluidas las pérdidas de los años 2020 y 2021, en el resultado del ejercicio 2022, 2023, 2024, 2025 o 2026 se apreciaran pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, deberá convocarse por los administradores o podrá solicitarse por cualquier socio la celebración de Junta para proceder a la disolución de la sociedad, a no ser que se aumente o reduzca el capital en la medida suficiente»

También quedan fuera de la contabilidad las pérdidas ocasionadas por la DANA

Por otro lado, las sociedades mercantiles que se hayan visto afectadas por pérdidas derivadas de los efectos causados por la DANA tampoco deberán incluir el importe de las mismas a efectos del cálculo de la causa de disolución por pérdidas prevista en el artículo 363.1 de la Ley de Sociedades de Capital». Esto se aplicará hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2026.

Eso sí, en la memoria que acompañe a las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios 2024 y sucesivos, los negocios deberán incorporar la información precisa para la correcta identificación de las pérdidas excluidas de su cómputo a efectos de la causa de disolución.

La moratoria contable ha salvado de la disolución a miles de negocios durante los últimos años

Como ya avanzó este diario, la moratoria contable se aprobó como parte del paquete de medidas del Gobierno para mitigar el impacto económico de la pandemia entre las pymes. Su objetivo era evitar que aquellos negocios con pérdidas significativas tuvieran que cerrar por mandato legal al ver su patrimonio neto reducido. Esta medida alivió a las pequeñas y medianas empresas, pero especialmente a las micropymes, que constituyen el 94,8% del tejido empresarial en España y fueron las más afectadas por las restricciones económicas y sociales.

Sectores como la hostelería, que sufrió una caída drástica de ingresos, evitaron colapsos masivos gracias a la moratoria. También el comercio minorista, afectado por todas las restricciones sociales y el acelerón que supuso para el comercio electrónico, de los que tardó en recuperarse. 

El impacto positivo de la moratoria se reflejó en una reducción de los concursos de acreedores durante 2020 y 2021, evitando la quiebra de miles de negocios. El sector turístico fue uno de los más beneficiados, ya que muchos hoteles, restaurantes y agencias de viajes hubieran tenido que enfrentar insolvencias si no hubiera sido por esta medida excepcional. En 2020-2021,  este sector registró pérdidas de más del 70% en ingresos, pero gracias a la moratoria, pudo evitar una oleada masiva de cierres.