Hace 24 años terminó el servicio militar obligatorio. A día de hoy, muchos de los jóvenes que hicieron la ‘mili’ en aquel entonces ya están a las puertas de la jubilación. En algunos casos, este tiempo se puede computar como cotizado y utilizar para cobrar antes la pensión, siempre que se cumplan determinados requisitos.

Según explica la página web de la Seguridad Social, el tiempo dedicado al servicio militar no se puede computar para el cálculo de la jubilación ordinaria pero sí está disponible para la jubilación anticipada, ya sea voluntaria o forzosa. Esto significa que los autónomos que estén a punto de tener el tiempo suficiente para anticipar su pensión a través de modalidad anticipada pueden utilizar el tiempo de mili para sumar hasta un año más de cotización.

En 2024, los autónomos que menos han cotizado pueden jubilarse a los 66 años y seis meses o retirarse a los 64 años y seis meses. En caso de tener largas carreas de cotización, pueden jubilarse a los 65 años o anticipar su retiro a los 63. Sin embargo, la edad no es el único factor a la hora de acceder a la jubilación. 

Los autónomos que quieran anticipar su jubilación este año deberán tener también al menos 35 años cotizados. En algunos casos, los trabajadores por cuenta propia podrán utilizar hasta un año de su servicio militar para completar el tiempo que les falta hasta estos 35 años y anticipar su jubilación.

Condiciones para que los autónomos puedan usar la mili para anticipar su pensión este año

Según la Ley de Seguridad Social, la mili no se puede utilizar para acceder a la pensión en su modalidad normal. El servicio sólo sirve para completar el tiempo que falte de cotización de cara a la jubilación 

De este modo, los autónomos que quieran acceder a la jubilación anticipada este año -y usar su tiempo de servicio militar para completar cotización, si lo necesitan-, deberán cumplir los siguientes requisitos:

Tener, como máximo, dos años menos que la edad legal para jubilarse. Este año es de 66 años y medio -o 65, si se tienen más de 38 años y 9 meses cotizados-, así que el mínimo para la jubilación anticipada será de 64 años y medio o 63 años. 
Demostrar que, como mínimo, dos años se cotizaron durante los 15 años anteriores al momento de pedir la jubilación anticipada. 
Que el importe de la pensión a percibir resulte superior a la cuantía de la pensión mínima que correspondería al interesado al cumplimiento de los 66 años de edad.

Además, habrá que tener como mínimo 35 años cotizados. Precisamente el tiempo de servicio militar serviría para completar este periodo.

Dadas estas condiciones, un autónomo que tuviera 34 años cotizados pero hubiera hecho el servicio militar podría acceder a la jubilación anticipada a pesar de que, a priori, no cumpliera los requisitos, ya que la ‘mili’ computa hasta un año más de periodo contributivo, y por lo tanto, sí alcanzaría el tiempo mínimo cotizado exigible para 2024. 

Formulario para utilizar la mili como tiempo cotizado para la jubilación

Los autónomos que cumplan los requisitos para jubilarse anticipadamente y que necesiten el tiempo de servicio militar para completar su cotización deberán solicitar que se les compute este tiempo a través de un formular.

 El Ministerio de Defensa tiene un formulario estándar que se puede descargar aquí y que se denomina “certificado de servicios para el cómputo reciproco de cotizaciones con otros regímenes de Seguridad Social.” 

El impreso deberá presentarse en las Delegaciones  y Subdelegaciones Provinciales del Ministerio de Defensa, o mediante un escrito enviado desde Correos a dichas Delegaciones para, así, poder recibir el certificado.  En él, como se puede observar a continuación, el solicitante tendrá que incluir sus datos personales y precisar en qué régimen está cotizando ahora mismo. En este caso, sería el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Además, deberá señalar de qué fecha a qué fecha prestó sus servicios en las Fuerzas Armadas y adjuntar alguna documentación como el Documento Nacional de Identidad y la cartilla del ejercito.

Captura del formulario de solicitud para el certificado de prestación del Servicio Militar Obligatorio

Además, como se puede observar más abajo, en el formulario aparece directamente marcado el trámite que se desea hacer que en este caso es obtener la «Certificación de servicios prestados».

Captura del formulario de solicitud para el certificado de prestación del Servicio Militar Obligatorio

Con el certificado obtenido de la Dirección General de Personal Militar de la Delegación del Ministerio de Defensa que acredita la realización del servicio militar obligatorio, el autónomo deberá dirigirse a la Seguridad Social para solicitar la inclusión de ese tiempo en tu vida laboral.