1. Novedades en la cotización para los autónomos y sus empleados en 2025

La semana pasada, Seguridad Social sacó a consulta pública el proyecto de la orden de cotización de 2025, donde se regulan, entre otras cuestiones, las nuevas bases que marcarán las cuotas que pagarán los autónomos el próximo año, así como la nueva subida del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).

Asimismo, el documento recoge otras novedades que afectarán a los autónomos y negocios con empleados, como el aumento de las bases mínimas de cotización, o la cuota adicional de solidaridad que tendrán que asumir los negocios que paguen altos salarios a sus empleados, como ya contó este diario hace unos meses.

Por otro lado, el proyecto de orden también incluye nuevas reducciones en las cotizaciones que pagan los autónomos con empleados y negocios en determinados supuestos. Por ejemplo, una nueva bonificación del 75% en las cuotas empresariales cuando un asalariado mayor de 62 años sufre una incapacidad temporal.

Aunque el documento se encuentra en fase de consulta pública, los expertos consultados por este diario aseguraron que lo más probable es que se apruebe en las próximas semanas, para que la orden de cotización para el próximo año entre en vigor el 1 de enero de 2025.

Novedades en la cotización para los autónomos y sus empleados en 2025

Nuevas bases de cotización mínimas y máximas

En primer lugar, el proyecto de orden de cotización para 2025 incluye las nuevas bases mínimas y máximas que decidirán las cuotas que los autónomos deben pagar a la Seguridad Social en 2025, según el tramo de rendimientos netos que obtengan. Serán las siguientes:

Tabla con las bases mínimas y máximas de cotización para autónomos en 2025. Fuente: Seguridad Social.
Tabla con las bases mínimas y máximas de cotización para autónomos en 2025. Fuente: Seguridad Social.

Así, como ya adelantó este diario hace unos meses, los autónomos que obtengan unos ingresos netos de más de 1.700 euros y coticen por la base mínima de su tramo, verán cómo sus cuotas aumentan a partir del próximo año. En el mejor de los casos, en 30 euros al mes. O, lo que es lo mismo, 360 euros al año.

Por su parte, “desde el 1 de enero de 2025, con independencia de los rendimientos netos obtenidos por los trabajadores por cuenta propia o autónomos, la base máxima de cotización será de 4.909,50 euros mensuales”, recoge el documento.

Vuelve a subir el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)

Además, como ya estaba contemplado, el próximo año se incrementará al 0,8% sobre la base de cotización el porcentaje correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En el caso de los autónomos, éstos se hacen cargo de la totalidad de la tasa para sostener el sistema de pensiones, por lo que también aumentará su cuota.

Como confirmaron a este diario los graduados sociales, añadiendo el MEI al resto de cotizaciones que pagan los autónomos, las cuotas de éstos serán el resultado de aplicar un porcentaje del 31,4% de sus bases de cotización.

Asimismo, en caso de tener asalariados, los autónomos también tendrán que incrementar el porcentaje del MEI que pagan por ellos. En concreto, según se establece en el proyecto de la orden de cotización de 2025, deberán asumir un 0,67% de sus bases, mientras que los empleados se harán cargo del 0,13%.

Entra en vigor la nueva cuota de solidaridad para los salarios más altos

El próximo 1 de enero también entrará en vigor la llamada “cuota de solidaridad”, un mecanismo que, como el MEI, está pensado para sufragar el sistema de pensiones y que gravará los sueldos que se encuentren por encima de la base máxima de cotización para 2025. En este caso, las pymes tendrán que asumir alrededor del 85% de este nuevo sobrecoste.

Como contó este diario, la cuota de solidaridad incrementará los costes salariales de miles de pequeños y medianos negocios pertenecientes a sectores con un alto valor añadido, como despachos de arquitectura, bufetes de abogados o cadenas de restauración, además de los cargos directivos de miles de pymes, que pagan a sus empleados salarios superiores a 60.000 euros anuales.

Como se recoge en la orden de cotización, la cuota de solidaridad se aplicará en diferentes porcentajes. Son los siguientes:

  • Tipo del 0,92% a la parte de retribución comprendida entre 4.909,50 y 5.400,45 euros, siendo el 0,77% a cargo de la empresa y el 0,15%, a cargo del trabajador.
  • El 1% aplicable a la parte de retribución comprendida entre 5.400,46 y 7.364,25 euros siendo el 0,83% a cargo de la empresa y el 0,17%, a cargo del trabajador.
  • El 1,17% a la parte de retribución que supere 7.364,25 euros mensuales, siendo el 0,98% a cargo de la empresa y el 0,19%, a cargo del trabajador.

Reducción del 75% en las cotizaciones de los empleados mayores de 62 años que sufran una incapacidad temporal

Además, el proyecto de la orden de cotización de 2025 recoge algunas bonificaciones en las cotizaciones que los negocios y autónomos con empleados deben pagar cuando éstos se encuentran de baja por incapacidad temporal.

En concreto, el documento establece que “las empresas tendrán derecho a una reducción del 75% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes durante la situación de incapacidad temporal de aquellos trabajadores que hubieran cumplido la edad de 62 años.”