- ¿Cómo afectaría a las pymes el nuevo cambio que propone Díaz en los despidos?
- Quiere declarar nulos los despidos que se hagan como represalia por denunciar a las empresas
- Cómo está desarrollada actualmente la ley al respecto
- De aprobarse la propuesta, qué consecuencias tendría para pymes y autónomos con empleados
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, anunció este lunes en el Senado que quiere que se declaren nulos los despidos que se efectúen como «represalia» a los trabajadores que hayan denunciado a sus empresas por corrupción u otras irregularidades.
El anuncio de la ministra llega tras haber sacado a consulta pública un anteproyecto de ley para modificar el Estatuto de los Trabajadores y la ley reguladora de la jurisdicción social. Este texto tendría que superar el filtro parlamentario, pero ya ha empezado a recibir propuestas de organizaciones y sindicatos. De hecho, Comisiones Obreras (CCOO) pidió expresamente que la prohibición de despedir se extienda a cualquier denuncia que haya hecho el empleado incluso ante la Inspección de Trabajo,
De salir adelante, la norma blindaría ante el despido a cualquier trabajador que previamente haya denunciado a su empresa por corrupción o incluso por cualquier asunto relacionado con sus condiciones laborales, como podrían ser las horas no remuneradas o el control horario.
Según explicó el abogado laboralista Jaume Barcons a este medio, «esta es una medida sin sentido jurídico» que, si se llegara a aprobar, generaría una gran inseguridad para las empresas y autónomos con empleados. En su opinión, no es necesaria, porque la ley actual ya contempla la nulidad de los despidos que sean represalias reales; esto es, cuando el trabajador denuncia un incumplimiento contractual.
Al parecer, la intención de Díaz es regular esta situación por ley, ya que ahora mismo los jueces pueden dirimir en algunas circunstancias que una denuncia sea considerada despido nulo o, por el contrario, solo improcedente. Si se aprobara el anteproyecto, la mera existencia de una denuncia por corrupción o por otros asuntos laborales implicaría ya la posibilidad de despedir a un trabajador. Aunque el proyecto no especifica por cuanto tiempo.
¿Cómo afectaría a las pymes el nuevo cambio que propone Díaz en los despidos?
El Ministerio de Trabajo ultima una nueva reforma del Estatuto de los Trabajadores (ET) y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) para declarar nulos, y no solo improcedentes, los despidos que se produzcan como represalia a denuncias de irregularidades o corrupción dentro de las empresas. Pero para conseguir hacerla efectiva deberá contar con el sí de la mayoría del Congreso de los Diputados.
Aunque este tipo de actuaciones ya están prohibidas desde la Ley 2/2023 de Protección del Informante, la ministra Yolanda Díaz considera que la protección es insuficiente, pues la actual norma no especifica expresamente la nulidad del despido, sino únicamente la prohibición general.
“Vamos a hacer desde el Ministerio de Trabajo una reforma integral del despido para evitar lo que ha practicado el Partido Popular. Para evitar las represalias ante denuncias de corrupción”, anunció ayer Díaz en el Senado.
Reclamando el respaldo a la futura reforma, se dirigió personalmente a Alicia García Rodríguez, portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Senado: “Espero contar con el voto del Partido Popular, usted que está tan preocupada por la corrupción”.
Quiere declarar nulos los despidos que se hagan como represalia por denunciar a las empresas
Según el documento de consulta pública previa, publicado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social el 21 de octubre de 2025, el Gobierno plantea modificar el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social para declarar nulos los despidos que se produzcan como represalia frente a denuncias de irregularidades, infracciones o casos de corrupción en el seno de las empresas.
El texto, que permanecerá abierto a aportaciones hasta el 30 de octubre, explica que la actual redacción del ET deja un vacío interpretativo que permite que muchos de estos despidos sean considerados improcedentes, limitando la sanción a una indemnización económica.
Con la reforma, el Ejecutivo pretende reforzar la protección del informante y garantizar que la empresa esté obligada a readmitir al trabajador y abonar los salarios de tramitación si se demuestra que el despido fue una represalia.

El documento argumenta que esta precisión es necesaria para asegurar la eficacia del sistema de protección establecido por la Ley 2/2023 de Protección del Informante y la Directiva (UE) 2019/1937, y que su ausencia ha generado una “protección desigual” respecto de los empleados del sector público, donde la nulidad de los ceses ya está expresamente prevista.
¿Qué dice la Ley actual sobre el despido a empleados que denuncian a su empresa?
Barcons explicó a este medio que actualmente, si un despido se produce como represalia ante una reclamación laboral (por ejemplo, por reclamar horas impagadas o denunciar una modificación de horario sin acuerdo), el despido se declara nulo, en virtud del artículo 24 de la Constitución Española (tutela judicial efectiva).
Sin embargo, si el trabajador simplemente denuncia a la empresa por corrupción o expresa públicamente su opinión sobre supuestas irregularidades, no existe represalia laboral, porque no hay un incumplimiento del contrato de trabajo que le afecte directamente.
“Una cosa es que la empresa sea corrupta y otra que haya incumplido el contrato. Si no te ha incumplido nada, no hay represalia”, aclaró el abogado consultado.
Barcons insiste en que el concepto de represalia no puede extenderse a cualquier denuncia o crítica, porque su naturaleza está ligada a la garantía de indemnidad (proteger al trabajador que reclama sus derechos laborales).
Por tanto:
- Si el despido se produce por reclamar derechos laborales concretos, puede ser nulo (represalia).
- Si el despido se produce por declaraciones genéricas de corrupción, sería, como mucho, improcedente, pero no nulo, salvo que se acredite una vulneración del derecho fundamental a la libertad de expresión.
Barcons considera que, de aprobarse el planteamiento de Díaz, supondría una distorsión del equilibrio entre derechos laborales y libertad empresarial. Algunas de las consecuencias serían la inseguridad jurídica o el desincentivo a la contratación.
Inseguridad jurídica y desincentivo a la contratación
En primer lugar, según Jaume Barcons, la nueva ley podría dar lugar a ciertos abusos: bastaría con que un empleado hiciera una acusación genérica de corrupción para blindar su puesto de trabajo, incluso aunque no existiera relación entre la denuncia y su desempeño laboral.
“Si se aprueba, va a generar una gran inseguridad jurídica ya que cualquier trabajador que diga que su empresa es corrupta -en principio y a expensas de ver el desarrollo normativo- no podría ser despedido”, denunció. de la Constitución Española, y afectaría directamente a los pequeños negocios, que dependen de poder reorganizar sus plantillas con cierta flexibilidad.
Además, y como suele ser habitual con estas reformas, al reducirse la libertad de despido se desincentivaría la contratación.




