El pasado 14 de octubre se publicó el Real Decreto 916/2025, que modifica diferentes reales decretos en materia de Política Agrícola Común (PAC), matizando diferentes aspectos o introduciendo pequeños cambios que afectan a los agricultores y los autónomos del sector. 

La normativa busca adaptar la normativa nacional a la reciente modificación del Plan Estratégico de la PAC de España 2023-2027, aprobada por la Comisión Europea, así como introducir ajustes que proporcionen una “mayor coherencia técnica, ambiental y operativa”.

Asimismo, el pasado 21 de octubre se publicó el Real Decreto 934/2025, que afecta también al campo, pues detalla las normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios. El documento lleva a cabo cambios en la normativa anterior en este ámbito. En este caso, se destaca información relevante sobre la puesta en marcha los planes de abonado y la utilización del cuaderno de explotación. 

  1. Novedades agrarias que afectan a los agricultores y autónomos del campo
  2. Cambios en la normativa para la nutrición sostenible de los suelos agrarios

Novedades agrarias que afectan a los agricultores y autónomos del campo

Entre los principales cambios del nuevo real decreto sobre modificaciones de la normativa de la PAC, se encuentran los siguientes.

Ecorregímenes 

En el caso de los ecorregímenes, se llevan a cabo tres cambios fundamentales. El primero de ellos consiste en eliminar la exigencia de mantener una cubierta vegetal, durante la época estival, que ocupe al menos el 20% de la anchura libre de copa en las prácticas para cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos. 

También se fija un porcentaje único del 7% de espacios de biodiversidad para explotaciones mixtas que combinen, como mínimo, dos de las siguientes:

  • Tierras de cultivo de regadío. 
  • Tierras de cultivo de secano. 
  • Cultivos permanentes.

Aunque se mantiene la opción de acogerse a porcentajes específicos según la tipología de la tierra.

Además, se añaden nuevas especies mejorantes, aptas para la rotación de cultivos, ampliando las opciones para la planificación de las explotaciones agrarias. En las zonas de no cosechado, también se aplican cambios para incluir las leguminosas plurianuales en estas zonas.

Intervenciones sectoriales

La nueva norma también actualiza requisitos de determinados tipos de intervención subvencionable dentro del marco de los programas operativos de la PAC, principalmente en los vehículos. 

Se incluyen cambios en cuanto a las obligaciones en materia de investigación para los productores de frutas y hortalizas y sus asociaciones,  permitiendo incluir gastos en investigación y desarrollo si están vinculados a funciones esenciales de estas entidades. 

Asimismo, se corrige un error en el marco de la normativa que regula el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas, en la que pasa a incluirse expresamente el pimentón en la categoría de reconocimiento de aromáticas y condimentos. 

Por otro lado, se detallan las condiciones para controles específicos adicionales dirigidos a la reestructuración y reconversión de viñedos y se fija la selección de muestra para los apicultores en los controles.  

Instalación de plantas agrivoltaicas

Otro aspecto fundamental es respecto a la instalación de sistemas agrivoltaicos, que se regulan como superficies “potencialmente admisibles” para recibir las ayudas de la PAC, aclarando que el umbral de superficie se aplica al nivel de recinto, no de parcela agrícola. 

El cambio se acompaña del anuncio de un desarrollo reglamentario que se producirá más adelante para estar los requisitos exigibles que harán estas instalaciones superficies subvencionables. 

“Para garantizar que la agricultura siga siendo la actividad principal, se establecerán, a través del desarrollo normativo pertinente, los requisitos a cumplir por este tipo de instalaciones”. 

Nuevo real decreto que modifica aspectos de la PAC que afecta a miles de agricultores y autónomos del campo.

Cesión de derechos de agricultores activos

También se aclara la cesión de derechos de agricultores activos que se incorporen a la actividad agraria. 

En concreto, se prohíbe que los agricultores que se incorporen a la actividad en el campo cedan sus derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad hasta aquella campaña en que hayan justificado convenientemente que cumplen la condición de “agricultor activo”. 

Cambios en la normativa para la nutrición sostenible de los suelos agrarios

A su vez, la normativa para la nutrición sostenible de los suelos agrarios incluye novedades en cuanto al cuaderno de explotación y a los planes de abonado. 

Planes de abonado

Se retrasa la obligación de elaborar un plan de abonado y contar con asesoramiento técnico en materia de fertilización. Las nuevas fechas para cumplir con esta obligación se fijan a partir del 1 de enero de 2026 para las explotaciones de regadío en las que los cultivos se siembren entre el 1 de marzo y el 30 de junio, y a partir del 1 de septiembre de 2026 para el resto. 

En cuanto al asesoramiento técnico en materia de fertilización, se retrasa para las unidades de producción situadas en zonas declaradas vulnerables a la contaminación por nitratos un año con respecto a la fecha anterior, y dos años para las unidades de producción situadas fuera de estas zonas. 

Cuaderno de explotación

El texto incluye el requisito de registrar todas las labores de fertilización en un cuaderno de explotación. La regulación del uso del cuaderno de explotación en el plan de abonado se ajusta en concordancia con la posibilidad de cumplir con la obligación en formato papel. Se incluyen, además, medidas que fomenten el uso voluntario de su versión digital, “por ejemplo, retrasando y graduando su exigencia”.