Fuentes de Hacienda explicaron a este medio que muchos autónomos que utilizan cajas registradoras tendrán que decidir entre cambiarlas o emplear la solución digital de la Agencia Tributaria cuando entre en vigor el reglamento de programas de facturación.
En concreto, según señalaron, un bar o comercio tendrá que cambiar su caja registradora o su TPV, si el sistema que utilizan no les permite cumplir con la normativa del reglamento de programas de facturación, “o bien, usar la [nueva] opción pública de formulario” que ha habilitado la Agencia Tributaria para que estos trabajadores por cuenta propia puedan cumplir con la ley.
Se trata de autónomos que realizan fundamentalmente operaciones al consumidor final, pero que, por norma general, también operan con otros empresarios o profesionales. Lo que les obliga a expedir factura y, por tanto, a cumplir con la normativa de los software de facturación.
Esta información se encuentra en línea con las declaraciones de Joaquín Maroto, inspector de Hacienda del Estado y uno de los responsables técnicos del despliegue de Verifactu, quien afirmó durante una reciente jornada organizada por Team System que la caja mecánica «no tendrán que cambiarla porque el reglamento no le resulta de aplicación. Sin embargo, será necesario cambiar la la caja registradora si realiza operaciones en las que esté obligado a emitir factura”.
- Los autónomos tendrán que asumir un nuevo sobrecoste o adherirse a la solución de la Agencia Tributaria
- Existen dos opciones para cumplir la normativa de programas de facturación
- Sanciones de hasta 50.000 euros por no cumplir con la ley de programas de facturación
Los autónomos tendrán que asumir un nuevo sobrecoste o adherirse a la solución de la Agencia Tributaria
Los trabajadores por cuenta propia tendrán que tener sistemas que les permitan efectuar sus operaciones bajo la normativa de los programas de facturación cuando estén obligados a su cumplimiento.
Si están obligados a expedir factura de alguna forma –por ejemplo, porque realicen operaciones donde el destinatario final es otro autónomo o empresario–, quedarán obligados por el reglamento de facturación y, por tanto, los sistemas que utilicen deberán cumplir sus requisitos.
En ese caso, los trabajadores por cuenta propia tendrán que incurrir en nuevo sobrecoste si deciden cambiar sus sistemas de cobro y cajas registradoras para que puedan ser compatibles con los software de facturación nuevos, que garantizan la integridad, la autenticidad y la trazabilidad de los datos registrados.
Como alternativa, si se trata de operadores pequeños que, por sus operaciones, no necesiten disponer un sistema informático de facturación, en lugar de cambiar la caja registradora, podrán emplear la solución pública de facturación de Hacienda, que les permitirá también cumplir con estas obligaciones.
La solución permite “acceder a unos formularios que pondrá a su disposición la Agencia Tributaria, desde su sede electrónica, para elaborar sus facturas con registros también adaptados a la normativa, con formato Verifactu incorporado”, explicaron fuentes de Hacienda.

Existen dos opciones para cumplir la normativa de programas de facturación
Según recordaron estas fuentes, existen dos modalidades válidas para cumplir la normativa: la modalidad Verifactu y la de conservación de los registros de facturación en el Sistema Emisor –modalidad No Verifactu–. Así, existe la posibilidad de tener un programa de facturación que opere con o sin Verifactu.
Si el negocio decide operar con la solución pública de facturación, que incorpora la funcionalidad Verifactu, esta opción incluye la remisión de estos formularios, que se enviarán directamente a la AEAT. Con ellos, “los autónomos rellenarán las facturas contra nuestra sede y nos las enviarán, y con eso cumplirán [con la normativa]”.
Por otro lado, los autónomos que no quieran o puedan acogerse a la solución pública de facturación tendrán que asegurarse de emplear programas de facturación que les permitan cumplir con la normativa, incluso si eso supone tener que cambiar los equipos o cajeros que utilizan para sus operaciones en sus negocios.
En ese sentido, la modalidad No Verifactu no exige la remisión a sede electrónica de los registros de facturación, pero sí cumplir con requisitos adicionales de seguridad, como la firma producida por el sistema emisor y la llevanza y conservación de un «Registro de Eventos» del sistema.
Además, “las facturas producidas por esta modalidad no serán facturas verificables, porque no podrán ser consultadas en la sede, pero también incorporarán el Código QR en la factura y podrán ser comunicadas a la Agencia Tributaria” añadieron.
Verifactu remitirá los registros de facturación de los autónomos con un margen de un minuto
Estas fuentes también señalaron que la funcionalidad de Verifactu remitirá a la plataforma de la Agencia Tributaria los registros (las facturas) con “un minuto de desfase por cada operación facturada”.
Asimismo, si se produce un retraso en el envío, el registro de facturación no se rechazará, pero los usuarios recibirán un mensaje de aviso que señalará el retraso en la operación.
Sanciones de hasta 50.000 euros por no cumplir con la ley de programas de facturación
Las actuaciones por parte de la Inspección dirigidas a los autónomos y empresarios que empleen programas de facturación que no se adapten a la normativa establecen dos tipos de infracciones diferentes: una dirigida al uso de este tipo de programas de facturación y otra a su mera tenencia.
La Ley Antifraude fija una multa de 50.000 euros por cada una de estas infracciones, que se aplicarán por ejercicio en el que se haya tenido o empleado software o programas que no cumplan la norma o que permitan contabilidad de doble uso.





