La Seguridad Social ha puesto en marcha un nuevo servicio en Importass, que permite a los autónomos tramitar de manera directa y de forma más sencilla sus gestiones en el portal.
Mediante este servicio, los trabajadores por cuenta propia podrán realizar trámites como consultar sus altas, bajas y modificaciones en la actividad, o revisar sus pagos y deudas, aunque no dispongan de identificación digital. De esta forma, podrán llevar a cabo las gestiones sin necesidad de tener que rellenar y remitir una solicitud a Seguridad Social, y esperar a que sea resuelta.
El nuevo servicio ya se encuentra disponible, permitiendo tanto acceder a los trámites con la identificación digital –como Cl@ve Permanente, Cl@ve Móvil, Certificado electrónico, DNI electrónico o SMS móvil–, como por medio de este nuevo procedimiento, para el que se requerirá el DNI.
- Los autónomos podrán realizar sus trámites en Importass sin identificación digital
- Cómo pueden realizar el trámite electrónico los autónomos si no disponen de identificación digita
- ¿Qué tienen que hacer los autónomos si ya tenían alguna solicitud en curso?
- ¿Qué trámites pueden realizar los trabajadores por cuenta propia?
Los autónomos podrán realizar sus trámites en Importass sin identificación digital
Con este nuevo servicio, la Seguridad Social permite identificarse con una nueva vía, aunque el trabajador por cuenta propia no tenga ningún recurso para registrarse digitalmente.
Hasta la puesta en marcha de este nuevo servicio, los usuarios debían presentar una petición –por medio del apartado ‘Envía una solicitud’– que exigía rellenar un formulario con los datos personales y los trámites que el autónomo quería realizar. Y posteriormente esperar un tiempo a que esta petición fuera gestionada por el organismo público.
A partir de esta novedad, será posible seleccionar el trámite en Importass, y, desde esta misma pestaña, el usuario obtendrá que pasos seguir para realizar el procedimiento sin identificación.
“Sólo tendrán que abrir el trámite que interesa en Importass, donde encontrarán toda la información necesaria para completarlo, y podrán elegir directamente si realizarlo con o sin identificación digital”.
Cómo pueden los autónomos realizar el trámite electrónico si no disponen de identificación digital
Si los trabajadores por cuenta propia no disponen de ninguno de los recursos que permiten la identificación digital a través de la plataforma de Importass, deberán seguir los siguientes pasos para realizar el procedimiento digital en cuestión.
- En primer lugar, tendrán que entrar en el trámite que se desee realizar (por ejemplo, Alta en trabajo autónomo).
- Una vez dentro, el sistema preguntará al usuario si dispone de método de identificación digital o no.
- En caso negativo, el autónomo:
- Rellenará sus datos personales.
- Se hará un autorretrato (selfie) siguiendo las instrucciones que aporta el sistema.
- Adjuntará una fotografía de su Documento Nacional de Identidad.
Según la Seguridad Social, esta novedad para los autónomos permitirá que los trámites sean más accesibles y completos. Además de mejorar su organización.
Asimismo, lo más destacable es que “cualquier persona podrá realizar el trámite con independencia del medio de identificación del que disponga”, evitando que sea necesario recurrir a otras secciones del portal o tener que rellenar el formulario.

Seguridad Social recomienda la identificación digital, en cualquier caso
Por otro lado, la gestión a través de la identificación digital es, en cualquier caso, la alternativa que permite realizar los trámites de manera más rápida, sencilla y segura.
Para poder realizar los procedimientos con identificación digital es necesario disponer de alguna de las siguientes herramientas: certificado electrónico, DNI electrónico, Cl@ve permanente, Cl@ve móvil, o teléfono móvil para comunicar el número y tramitar a través de SMS.
Si los trabajadores por cuenta propia no disponen de esta identificación, tendrán que esperar a que la Tesorería verifique su identidad en el trámite. También es posible que el autónomo obtenga su identificación digital a través de la siguiente guía.
¿Qué tienen que hacer los autónomos si ya tenían alguna solicitud en curso?
Si el trabajador por cuenta propia ya había remitido alguna solicitud para gestionar un trámite antes de la apertura de este servicio, éstas continuarán su tramitación habitual.
Si se da este supuesto, los autónomos pueden consultar el estado de sus solicitudes en la sección de Importass, en el apartado ‘Tus expedientes y solicitudes’.
¿Qué trámites pueden realizar los trabajadores por cuenta propia?
Los trámites que pueden llevar a cabo los autónomos, a los que se accede desde Importass, son los siguientes:
- Base de cotización y rendimientos.
- Modificar la base de cotización y/o comunicar o modificar los rendimientos netos que el autónomo espera percibir en el ejercicio.
- Regularización anual de cuotas de Trabajo Autónomo.
- Consultar el resultado de la regularización. Permite descargar la resolución y el documento de pago en caso de tener que abonar cuotas a la Seguridad Social. También permite mantener una base de cotización superior en determinados casos.
- Modificación de datos de trabajo autónomo.
- Para actualizar la información del trabajador por cuenta propia.
- Comunicar nueva actividad.
- A través de este servicio puedes comunicar nuevas actividades.
- Comunicar código actividad CNAE25
- Nuevo servicio que Seguridad Social puso en marcha para actualizar el nuevo código de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas CNAE25.
- Comunicar fin de alguna de tus actividades.
- Comunicar la finalización de alguna de las actividades económicas que desarrolla el trabajador autónomo.
- Informe de vida laboral.
- Solicitar la vida laboral para revisar las situaciones de alta y baja, el número de días y el régimen correspondiente.
- Prórroga de la tarifa plana
- Servicio para mantener un segundo año la tarifa reducida de autónomo.
- Renuncia a tarifa plana.
- Servicio para renunciar a la tarifa plana en caso de no poder mantenerla un segundo año.
- Adjuntar documentación de trabajo autónomo.
- Añadir documentación complementaria del alta pendiente.
- Consulta de recibos de trabajo autónomo.
- Analizar el historial de recibos emitidos por parte de la Seguridad Social.
- Acreditación de alta, baja o modificaciones en trabajo autónomo.
- Adquirir copia de los documentos de alta, baja o modificaciones del trabajo autónomo.
- Informe de datos de cotización de trabajo autónomo.
- Consultar los datos de cotización mensuales del año.
- Acreditación de actividad agraria por cuenta propia.
- Obtención de un informe para justificar la actividad como autónomo agrario en una fecha determinada.
- Baja en trabajo autónomo.
- Darse de baja en la actividad por cuenta propia.





