En los últimos años, el Ministerio de Hacienda ha puesto en marcha distintas rebajas fiscales para los pequeños negocios en el Impuesto de Sociedades. De hecho, en la reforma aprobada a finales del año pasado se introdujo por primera vez la distinción entre pyme y microempresa, y se dio la posibilidad de pagar un tipo superreducido a las actividades con menos de diez trabajadores y un millón de euros de facturación. 

Según explicaron fuentes de la Agencia Tributaria a este diario, ahora mismo habría en marcha dos reformas fiscales que rebajan los tipos que deben pagar los pequeños negocios en el Impuesto de Sociedades. Por un lado, está en vigor la primera rebaja que entró en vigor hace dos años, en 2023, y que redujo dos puntos porcentuales el tipo a pagar para todas las pequeñas empresas.

Después, a finales del año pasado, entró en vigor una segunda rebaja, con la que se pusieron en marcha reducciones todavía mayores. En el caso de las microempresas, podrían llegar a pagar hasta ocho puntos menos que el resto de negocios. Esta reducción tiene efectos desde 2025, por lo tanto, algunos negocios «ya podrían aplicar estos tipos especiales en sus pagos fraccionados,  pero todavía no en la declaración anual», apuntaron fuentes de la Agencia Tributaria.

¿Qué tipos deberán aplicar los pequeños negocios en el Impuesto de Sociedades?

Ahora mismo, los pequeños negocios podrían aplicar distintas rebajas dependiendo de la declaración que presenten. En caso de que declaren su Impuesto de Sociedades a través del modelo anual, todavía se les aplicará la reducción anterior, del 23%. Si presentan los pagos en modalidad fraccionada, ya podrán beneficiarse de las nuevas rebajas.

Tipos a aplicar en la declaración anual a presentar en 2025

En esta declaración anual del Impuesto de Sociedades, a presentar en julio de 2025, todavía se aplicarán los tipos especiales para pequeños negocios que estaban en vigor el año pasado .Esta medida consiste en una rebaja del 2% frente al tipo nominal que deben pagar todas las empresas. Es decir, un 23% para las pymes respecto al 25% que deberían abonar el resto de empresas, sin contar las deducciones que luego aplican. 

Según las estimaciones proporcionadas por el propio Ministerio de Hacienda , el año pasado se beneficiaron de esta rebaja en el Impuesto de Sociedades más de 400.000 negocios. La reducción les supuso un ahorro medio en la liquidación del Impuesto de Sociedades a presentar en 2024 de 717 euros por empresa.   

El principal requisito para poder beneficiarse de esta reducción de impuestos no está ligado al número de empleados que tenga la empresa -como cabría esperar- sino a su facturación. Tendrán que haber obtenido una cifra de negocios inferior al millón de euros,  es decir unos ingresos o facturación inferior a este límite. Muchas pequeñas empresas, a pesar de su reducido tamaño, pueden haber facturado por encima de este umbral y quedar fuera de esta bajada impositiva.

Tipos aplicar en la declaración trimestral y en la próxima declaración anual 

Por otro lado, los negocios podrán aplicar ya los nuevos tipos reducidos en su Impuesto de Sociedades a través de los pagos fraccionados. Estas liquidaciones son adelantos que se hacen a lo largo del año y que se deben presentar en abril, octubre y diciembre de 2025. 

Al año que viene, todas las pequeñas empresas y micropymes podrán aplicar ya los nuevos tipos reducidos, que irán desciendo año a año hasta 2029. 

En primer lugar, la nueva reforma fiscal incluye una reducción de los tipos que pagan en el Impuesto de Sociedades las micropymes. Es decir, los negocios que facturan menos de un millón de euros al año. Como explicaron los economistas hace unas semanas a este diario, se trata de “la primera vez que se incluye el concepto de micropyme” en la normativa.

 Hasta ahora, estas empresas ya tributaban al 23%, dos puntos por debajo del tipo general. Sin embargo, ya a partir de 2025 -en la declaración que presentarán en 2026- pagarán menos en el Impuesto de Sociedades. Los tipos para los negocios que facturen menos de un millón de euros el año que viene serán los siguientes:

  • Por los primeros 50.000 euros, pagarán un 21%.
  • Entre esta cantidad y el millón de euros, las micropymes tributarán al 22%.

 En el caso de las micropymes, el texto recoge una reducción paulatina en el tipo que pagan en el Impuesto de Sociedades durante los próximos tres años. A la rebaja planteada para 2025, le seguirán las siguientes:

  • 2026: los primeros 50.000 euros tributarán al 19%, y el resto de los ingresos al 21%.
  • 2027: los primeros 50.000 euros tributarán al 17%, y el resto al 20%, siempre que la facturación total del negocio no supere el millón de euros.

Por su parte, las pymes -aquellas que facturan entre uno y diez millones de euros- verán durante los próximos años cómo el tipo impositivo que pagan en Sociedades se va reduciendo un punto en cada declaración. Así, en 2025 ya pagarán un 24%, y le seguirán las siguientes rebajas:

  • 2026: las pymes pagarán un 23% en el Impuesto de Sociedades.
  • 2027: el tipo impositivo para estas sociedades se reducirá al 22%.
  • 2028: los negocios que facturen entre uno y diez millones de euros ese año pagarán un 21% en el Impuesto de Sociedades.
  • 2029: finalmente, las pymes pagarán un 20% en el Impuesto de Sociedades dentro de cinco años.

Otras rebajas en vigor para los pequeños negocios 

En paralelo a las reducciones de impuestos para pymes y micropymes, en 2022 también entró en vigor la ley 28/2022, de 21 de diciembre, de startups que amplía el tipo reducido del 15% a un nuevo perfil de beneficiarios: los negocios de reciente creación. En este caso, podrán pagar este tipo reducido durante el primer año de actividad en el que hayan registrado ganancias y en los tres siguientes.

El primer grupo de beneficiarios que podrá acceder a un tipo reducido del 15% en el Impuesto de Sociedades en 2024 son los negocios de «reciente creación». Todas las empresas podrán optar a esta consideración durante el primer año en el que hayan obtenido resultados positivos y en el siguiente. Es decir, pagarán un 15% las empresas que hayan tenido por primera vez un resultado positivo en 2023. 

Sin embargo, según añade la ley, quedarán excluidos de la consideración de «reciente creación» los negocios que concurran en las siguientes circunstancias:

  • Cuando la actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas en el sentido del artículo 18 de esta ley y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
  • Cuando la actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por ciento.

También tributarán por un tipo del 15% los negocios «emergentes»

Como novedad, la nueva ley de startups amplió también la reducción de un 15% en el tipo que deberán pagar las empresas en el Impuesto de Sociedades a aquellos negocios considerados «emergentes». Según dice la norma, los contribuyentes que tengan la condición de empresa emergente tributarán al tipo del 15% en el primer período impositivo en que, teniendo dicha condición, la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes.

Es decir, en este caso, los negocios que obtengan la consideración de «emergente», podrían tributar por un total de cuatro años al 15%.   

Según la nueva ley de startups, se considerará que una empresa emergente es innovadora «cuando su finalidad sea resolver un problema o mejorar una situación existente mediante el desarrollo de productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica y que lleve implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial o en el propio modelo de negocio».