El sistema de cotización basado en los ingresos reales entró en vigor en 2023. Y, a partir de ese momento, cambiaron las bases para calcular la cuantía del cese de actividad o paro de los autónomos, que supone un 70% de la base de cotización. Cada año, se van actualizando las bases mínimas y máximas a partir de las que se calcula este paro de los autónomos. Por lo tanto, ha cambiado también la cuantía que recibirían en caso de cerrar su negocio y pasar a cobrar el cese de actividad.

Todavía sigue siendo muy complicado acceder a esta prestación: un 65% de los trabajadores por cuenta propia que pidieron esta prestación en los últimos meses no pudo cobrarla, pese a haber cerrado su negocio. De hecho, ATA sigue denunciando que el acceso no sólo no está mejorando sino que está empeorando. Según los últimos datos de la Seguridad Social, actualizados a febrero de 2025, de las 3.776 solicitudes de cese de actividad presentadas por autónomos en lo que va de año, 2.209 fueron denegadas.

El cese de actividad se calcula en función de las cotizaciones de los últimos 12 meses, por lo que quienes lleven menos de un año dados de alta no tienen derecho a percibirlo. En la mayoría de los casos, la cuantía que cobrarán los autónomos a quienes se les conceda en 2026 dependerá de lo que coticen este año. Con la tabla de cuotas vigente, los trabajadores por cuenta propia pueden estimar ya qué prestación les correspondería si se vieran obligados a echar la persiana.

  1. Cada autónomo puede saber cuánto cobraría por este paroen función de sus ingresos
  2. Cuáles son los máximos y los mínimos que para el cese de actividad
  3. ¿Durante cuánto tiempo se cobra la prestación por cese de actividad?

Cada autónomo puede saber cuánto cobraría por este paroen función de sus ingresos

Los autónomos pueden solicitar la prestación por cese de actividad cuando se vean obligados a cerrar sus negocios o cesar en el desempeño de su actividad de forma temporal o definitiva.

Para calcular el mínimo y el máximo del cese de actividad basta con aplicar el 70% a la base de cotización. Así, cada autónomo puede saber cuánto cobraría por este “paro” en función de sus ingresos y, por tanto, de la cuota que paga a la Seguridad Social.

Cuantías cese de Actividad
Cuantías del cese de actividad (Fuente: Seguridad Social).

Por ejemplo, observando la tabla, un autónomo que cotice por la base mínima cobrará entre 457 y 503 euros, pagando entre 205 y 225 euros de cuota. Subiendo hasta el tramo de 301 euros a 534 la cuota mensual, un trabajador por cuenta ajena cobraría de paro entre 672 y 1050 euros. Y los que coticen por la base máxima podrían llegar a percibir hasta 3436 euros de prestación mensual.

Cuáles son los máximos y los mínimos que para el cese de actividad

Aquellos trabajadores por cuenta propia que cumplan los requisitos y obtengan la prestación por cese de actividad cobrarán, por norma general, el 70% de la base de cotización media de los 12 meses anteriores al reconocimiento de la prestación.

No obstante, existen límites máximos y mínimos:

  • Máximo:
  • 175% del IPREM para quienes no tienen hijos.
  • 200% del IPREM con un hijo a cargo.
  • 225% del IPREM con dos o más hijos a cargo.
  • Mínimo:
  • 107% del IPREM para autónomos con hijos a cargo.
  • 80% del IPREM para quienes no los tienen.

Según explicaron en AMAT (Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo), en declaraciones anteriores a este medio, la prestación final dependerá, por tanto, tanto de la base de cotización como de la situación familiar del autónomo.

Los autónomos pueden cobrar esta prestación durante dos años, como máximo
Los autónomos pueden cobrar esta prestación durante dos años, como máximo.

Hay que tener en cuenta que no se aplica la cuantía mínima a los autónomos que cotizan por una base inferior a la mínima.

Asimismo, los topes máximos y mínimos no se aplican cuando el cese de actividad se debe a fuerza mayor temporal parcial.

Para calcular los límites de la prestación, se toma como referencia el IPREM mensual vigente en el momento en que nace el derecho, incrementado en una sexta parte, tanto para el máximo como para el mínimo.

¿Durante cuánto tiempo se cobra la prestación por cese de actividad?

Para acceder a esta prestación, los autónomos deben haber cotizado al menos 12 meses, estar afiliados al RETA, no tener deudas con la Seguridad Social y firmar el compromiso de reactivar su actividad (salvo en casos de fuerza mayor).

La duración del cese de actividad depende del tiempo cotizado:

  • De 12 a 17 meses: Cuatro meses de prestación.             
  • De 18 a 23 meses: Seis meses.
  • De 24 a 29 meses: Ocho meses.
  • De 30 a 35 meses: Diez meses.
  • De 36 a 42 meses: Un año y cuatro meses
  • A partir de 48 meses: Dos años, como máximo

La cuantía se calcula aplicando el 70% a la base de cotización de los últimos 12 meses, por lo que dependerá directamente de la cuota que el autónomo esté pagando.