1. Las autónomas con hijos podrán reclamar el cheque guardería desde el año 2020
  2. Estos son los requisitos para poder aplicar la deducción del cheque guardería
  3. Los padres también pueden aplicar la deducción por maternidad y el incremento de gastos de guardería

 

Las autónomos van a poder reclamar este año los gastos de guardería de sus hijos menores de tres años –el llamado comúnmente ”cheque guardería”– que no dedujeron en ejercicios anteriores por no cumplir los requisitos del tipo de centro infantil. Ahora podrán reclamarlos durante esta campaña de RENTA a la Agencia Tributaria. 

Se trata de aquellas madres beneficiadas por el cambio de criterio de Hacienda a raíz de la sentencia del Supremo de 2024, en la que se permite aplicar esta deducción no solo a las madres que lleven a sus hijos a centros de educación infantil autorizados, sino también a aquellas que los lleven a cualquier tipo de guardería, siempre que estén autorizadas por el ayuntamiento. 

Como ya avanzó este medio, el cambio de criterio, introducido el año pasado, se debió a que estos centros, excluidos hasta ese momento, constituían la mayoría de los centros que cuidan a los menores de tres años, permitiendo a estas autónomas deducir, al igual que el año pasado, esta cuantía, correspondiente a los ejercicios aún no prescritos. 

La cuantía de la desgravación, por tanto, podría ascender a 4.000 euros, ya que el cheque permite una deducción máxima de 1.000 euros por ejercicio no prescrito y pueden reclamarse desde el año 2020.

Las autónomas con hijos podrán reclamar el cheque guardería desde el año 2020

Como recordaron fuentes de Hacienda a este medio, además de aquellas madres que llevan a sus hijos menores de tres años a centros de educación infantil autorizados por la administración educativa de la comunidad autónoma, todas las madres que los lleven a cualquier guardería que esté autorizada por el ayuntamiento para desempeñar la actividad de custodia de menores podrán aplicar este beneficio fiscal. 

El cheque guardería comprende los gastos por la preinscripción, la matrícula, la asistencia y la alimentación que no hayan sido subvencionados de alguna forma. Estos gastos se tendrán que haber realizado por meses completos y, a partir de la cuantía abonada, se establecerá el importe del cheque, que alcanzará, como máximo los 1.000 euros en cada RENTA.

Así, las madres tendrán un plazo de cuatro años para poder reclamar a Hacienda la deducción, que se cuenta desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de la declaración correspondiente al ejercicio en cuestión, motivo por el que aún es posible, aprovechando el cambio de criterio, desgravar estos cheques de los últimos cuatro ejercicios. 

Como señalaron desde la Agencia Tributaria, en concreto, las autónomas van a poder reclamar esta deducción en los ejercicios 2020, 2021, 2022 y 2023. Para calcular el importe máximo del cheque, se tomará el menor de dos límites:

  • 1.000 euros anuales.
  • El importe anual total del gasto efectivo no subvencionado -por la inscripción y matrícula, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación- satisfecho en ese tiempo a la guardería o centro educativo, sea o no por meses completos.

En el procedimiento, se tendrá en cuenta los meses del año que la madre trabajó por cuenta propia o ajena a partir del tiempo cotizado, y cuánto gastó en la guardería por los siguientes conceptos:

  • Preinscripción y matrícula.
  • Asistencia, tanto en horario general como ampliado.
  • Alimentación.

Estos son los requisitos para poder aplicar la deducción del cheque guardería

Cabe recordar que esta desgravación supone un incremento añadido a la deducción por maternidad. Por tanto, será necesario haber tenido derecho o que corresponda también reclamar la deducción por maternidad para poder acceder al cheque guardería.  Ahora bien, a diferencia de la deducción por maternidad, el cheque guardería no puede percibirse por adelantado. 

Para acceder a la deducción por maternidad, las madres deberán tener derecho al mínimo por descendientes, y en el momento del nacimiento:

  • Haber percibido alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo.
  • Estar dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Además, que después del nacimiento hayan cotizado por un período mínimo de 30 días.

Cumplido este requerimiento, el derecho a seguir percibiendo esta deducción se mantiene hasta que el hijo o hija alcance los tres años de edad. 

Los padres también pueden aplicar la deducción por maternidad y el incremento de gastos de guardería

Como apuntaron desde Hacienda, será necesario que las autónomas pidan una solicitud de rectificación de las declaraciones de años anteriores. Es decir, una rectificación de la autoliquidación presentada en los ejercicios de 2020, 2021, 2022 o 2023, como se venía haciendo hasta este año, en el que se ha modificado el procedimiento para rectificar. 

Por tanto, se generará una solicitud de ingresos indebidos, con la que se reclamarán las cantidades que se pagaran de más o de menos como consecuencia de no haber aplicado la deducción del cheque, más los intereses de demora que correspondan.

Los dos beneficios fiscales también pueden ser aplicados por ambos progenitores cuando sean del mismo sexo –una vez–, y por el padre o tutor tanto en los casos en que tengan la guarda y custodia exclusiva como en caso de fallecimiento de la madre.