El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) publicó recientemente las nuevas tablas con las cuantías de las pensiones de jubilación e Incapacidad Permanente no contributivas para 2025. Estas pensiones, como ya avanzó este diario, se han revalorizado y han aumentado un 9% a partir de enero.
Tras la publicación del Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 24 diciembre, que recoge el incremento de las pensiones no contributivas y las mínimas, el IMSERSO ha publicado las tablas con las cuantías que percibirán todos aquellos autónomos que accedan a la jubilación o a la Incapacidad Permanente sin cumplir alguno de los requisitos básicos.
Por norma general, todo autónomo -o asalariado- que quiera acceder a la jubilación o a la prestación por incapacidad en 2025 deberá cumplir ciertas condiciones. Por ejemplo, para jubilarse, deberá tener 65 años y haber cotizado un mínimo de 38 años y tres meses en la fecha de solicitud, o tener cumplidos 66 años y ocho meses. Este periodo es el mínimo para acceder a la pensión contributiva.
En el caso de la invalidez, también se exigen ciertas condiciones para acceder a la pensión contributiva, como un periodo mínimo de cotización que varía en función de la edad del trabajador en el momento de la solicitud o del tipo de incapacidad.
En ambos casos, los autónomos que no cumplan los requisitos podrían acceder a una pensión no contributiva tanto por jubilación como por incapacidad que puede oscilar entre los 560 y los 850 euros al mes, dependiendo de algunas condiciones como el entorno familiar del trabajador por cuenta propia o si tiene a personas dependientes a su cargo.
Cuantías de las pensiones no contributivas de los autónomos en 2025, según el IMSERSO
Según el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), «las pensiones no contributivas aseguran a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios; aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva».
Como apuntaron desde el organismo dependiente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, la modalidad no contributiva de la jubilación viene a proteger a dos tipos de ciudadanos: aquellos que hayan alcanzado la edad de 66 años y ocho meses sin tener el mínimo de cotización en 2025 y a los que estén en situación de invalidez. Ambas modalidades exigen ciertos requisitos.
La cuantía de la pensión no contributiva para cada ciudadano se establece en función de sus rentas o ingresos personales y de las de su unidad económica de convivencia. Sin embargo, esta pensión tiene unos límites que varían cada año. En 2025, la cuantía anual integra establecida para las pensiones de invalidez y jubilación no contributivas en el año 2025 asciende a 7.905,80 euros.
Por otro lado, la cuantía individual de la pensión para cada ciudadano se establece, en función de sus rentas personales o de las de su unidad económica de convivencia, sin que pueda ser inferior a la mínima del 25%, 1.976,45 euros anuales.
Además, los pensionistas de invalidez no contributiva cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 7.905,80 euros anuales, fijado en 3.952,90 euros anuales.
Según señalaron desde el IMSERSO, para este año, las cuantías básicas establecidas para la jubilación no contributiva son las siguientes:

En el caso de que en la unidad familiar hubiera más de un beneficiario de pensión no contributiva, las cuantías básicas variarán de la siguiente forma, tal y como señalaron desde el IMSERSO:

Requisitos para acceder a la jubilación o invalidez no contributiva en 2025
Por un lado, los requisitos que exige la Seguridad Social para que un contribuyente acceda a la jubilación serían:
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Carecer de ingresos suficientes
La Seguridad Social existe carencia, cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 7.905 euros anuales. No obstante, el límite puede aumentar si hay más convivientes en la misma unidad familiar.
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Tener la edad mínima de jubilación
Además de carecer de ingresos suficientes, el solicitante deberá tener, al menos, 65 o más años.
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Residir en territorio español
Para optar a la pensión no contributiva de jubilación también se exige que el solicitante resida en territorio español, y además lo haya hecho durante diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
De hecho, este requisito se exige durante todo el tiempo que se reciba esta pensión. Si un beneficiario se traslada al extranjero durante más de 90 días y no tiene una acreditación médica que justifique su ausencia, perderá el derecho a la prestación.
En cuanto a la pensión por invalidez, la Seguridad Social también exige que el solicitante cumpla una serie de requisitos:
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Edad: Tener 18 años o más, y menos de 65.
- Residencia: Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- Discapacidad: El solicitante debe tener un grado igual o superior al 65%, para optar a la modalidad no contributiva de la pensión por invalidez.
Además, «si el pensionista tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 75% y acreditase la necesidad de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, tendrá derecho a un complemento del 50% de la cuantía que, de por sí, le correspondería» apuntaron desde el IMSERSO.
Cómo solicitar la pensión no contributiva?
La gestión y reconocimiento del derecho a percibir una Pensión no Contributiva se realiza por las Comunidades Autónomas, que tienen transferidas las funciones y servicios del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso). En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla se hace directamente por el Imserso.
Todos aquellos solicitantes que cumplan con los requisitos mínimos exigidos para optar a la pensión no contributiva, tanto de invalidez como de jubilación, deberán presentar la documentación requerida y un formulario -por medios electrónicos o en papel- en las oficinas de los Servicios Sociales de su Comunidad Autónoma, del Imserso, o en cualquier otra de la Seguridad Social.




