La campaña de la RENTA 2024 dio comienzo hace pocos días. Todos los autónomos pueden presentar ya su RENTA a través internet, pero la atención personalizada, por teléfono o en oficinas, aún no ha empezado.
Aunque estas modalidades son accesibles para la mayor parte de los asalariados, no ocurre los mismo en el caso de los trabajadores por cuenta ajena. Solamente aquellos en el sistema de módulos podrán hacer uso de estos medios de presentación, que suponen un gran apoyo a la hora de realizar este trámite, incluir todos los ingresos y aplicar todas las deducciones correctamente.
A día de hoy se calcula que apenas un 20% de autónomos podrían acceder a la asistencia telefónica o la ayuda para presentación en oficinas este 2025.
¿Qué autónomos pueden presentar la RENTA con ayuda telefónica o presencial este 2025?
Los canales de asistencia sólo están destinados a autónomos en módulos puesto que en estimación directa, al tener habitualmente muchas facturas de ingresos y gastos realizados el año anterior, la tarea es más complicada de personalizar.
Actualmente, Hacienda no tiene la suficiente información de las operaciones de los autónomos que no están en módulos para confeccionarles la RENTA ni por teléfono ni presencialmente.
En este caso, los trabajadores por cuenta propia que estén en estimación directa pueden acudir a su gestor, que es lo más común, o si no lo tienen, hacerla ellos mismos de manera telemática a través de la web de la Agencia Tributaria pudiendo llamar para las dudas puntuales que les surjan al teléfono de información de la misma agencia. Incluso tienen la posibilidad de resolver cuestiones relacionados con el IRPF a través de un chat directo.
Requisitos para poder elaborar la RENTA por teléfono o en oficinas
Según indica la Agencia Tributaria en su portal web, hay casos que quedan excluidos de la confección telefónica y en oficinas de la RENTA. En primer lugar, aquellos autónomos que realicen actividades profesionales o empresariales en estimación directa no podrán optar a estos servicios.
Es más, la Agencia Tributaria recordó que tampoco todos los autónomos en módulos tienen derecho a asistencia por el canal telefónico o de manera presencial.
Cada año se establecen unos determinados límites de rentas del trabajo o inmobiliarias. De superarlos, el autónomo en módulos tampoco podría acceder a estos canales de ayuda en la confección de la RENTA.
Estos límites todavía no están establecidos para 2025 pero, posiblemente, se mantengan los del resto de años. Hasta ahora, han quedado excluidos de la asistencia telefónica o presencial en RENTA todos los autónomos con rentas procedentes del trabajo superiores a los 65.000 euros anuales o rentas procedentes del capital inmobiliario superiores a 15.000 euros anuales aunque se encuentren en módulos.
Asimismo, también se excluyen las declaraciones en las que se acredite el arrendamiento de inmuebles (más de dos inmuebles y/o contratos de alquiler) y alquileres turísticos por plataforma.
Fechas en las que los autónomos en módulos podrán recibir atención personalizada
Algunos autónomos dentro del Sistema de Estimación Objetiva del IRPF aún esperan a que se abra el plazo para poder solicitar cita previa por teléfono o de forma presencial.
La atención telefónica para la confección y presentación de declaraciones se seguirá dando, como años anteriores, dentro del plan ‘Le Llamamos’.
Este plan arrancará el 6 de mayo, pero la solicitud de cita comienza ya a finales de este mes, el 29 de abril.
En cuanto a la atención presencial en oficinas la espera será algo más larga. En este caso, los trabajadores por cuenta propia que prioricen el trato personal en estos trámites deberán esperar hasta el 29 de mayo para solicitar cita previa, y hasta el 2 de junio para poder ser atendidos.
Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, hay que concertar cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono:
- Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
- Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
¿En qué consiste la asistencia telefónica o en oficinas?
Por un lado, la modalidad de asistencia telefónica, más conocida como Plan Le Llamamos, permite confeccionar y presentar la declaración por teléfono, sin necesidad de acudir a una oficina, y representa una alternativa ágil para los autónomos que puedan acceder a ella.
El funcionamiento es sencillo: una vez que el trabajador por cuenta propia pide cita -ya sea a través de la web de la Agencia Tributaria o mediante los teléfonos automático, el sistema le asigna un día y una hora dentro del horario elegido (mañana o tarde) en el que recibirá la llamada de la AEAT para hacer su RENTA.
Esta vía, sigue siendo la principal opción de asistencia personalizada para quienes no pueden o no desean desplazarse.
Según avisan desde la AEAT, es importante tener preparada toda la documentación necesaria cuando reciba la llamada, ya que la declaración se confeccionará en ese momento. De este modo, se acelera también cualquier posible devolución que pueda corresponderle.
En cuanto a la asistencia en oficinas, más enfocada sobre todo a personas mayores, permite el mismo apoyo pero de forma presencial con la ayuda de un técnico de la Agencia Tributaria.





