Hacienda sacó a trámite de audiencia e información pública la orden se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto al Patrimonio para 2024. Como se avanza en el documento, se han prorrogado dos reducciones para los agricultores aplicables en la campaña de RENTA 2024, además de incluir algunas novedades en los índices correctores, también para el ejercicio 2024.
En concreto, según explicaron fuentes de Hacienda, para esta RENTA se prorrogan las reducciones en el precio de adquisición del gasóleo agrícola y por adquisición de fertilizantes, así como pequeñas modificaciones en los índices correctores aplicados a raíz de las sequías. “En este caso, por piensos comprados a terceros y por cultivos de regadío que utilicen energía eléctrica”.
Cabe señalar que, además, cualquier autónomo que tribute por el sistema de módulos también tendrá una reducción general del 5%, a la que pueden acceder los trabajadores por cuenta propia del campo. Se prevé que el documento entre en vigor para la campaña que comienza el próximo 2 de abril, como afirmaron desde la Agencia Tributaria a este diario, lo que permitirá que estos trabajadores por cuenta propia puedan minorar la cuantía a pagar por este impuesto.
Entre otras novedades, esta RENTA también incluirá en su modelo de declaración -modelo 100- las casillas correspondientes al nuevo sistema de autoliquidación rectificativa, que permitirá a los autónomos corregir errores en la declaración al momento y simplificar los procedimientos para incluir o corregir ingresos o gastos deducibles olvidados o erróneos.
Los agricultores podrán volver a aplicar la reducción por gasóleo agrícola en esta RENTA
Los autónomos del campo tendrán para esta campaña de RENTA una minoración en el rendimiento neto de su actividad en módulos por el gasto realizado en gasóleo agrícola, necesario para el desarrollo de las actividades de agricultura y ganadería.
Se trata de una medida excepcional que se puso en marcha para los titulares de estas actividades durante los ejercicios 2022 y 2023, y que será nuevamente aplicable para el ejercicio 2024, por lo que podrán incluir el beneficio fiscal en su declaración de IRPF a partir del próximo día 2.
Se trata de una reducción del 35% del precio de adquisición del gasóleo, aunque no forman parte de este precio de adquisición:
- La bonificación extraordinaria temporal de 0,20 euros en el precio de venta al público para ciertos productos energéticos y aditivos.
- La cuota del Impuesto sobre Hidrocarburos, susceptible de devolución parcial.
Los autónomos del campo pueden aplicar esta reducción si cumplen los siguientes requisitos
Para poder aplicar este beneficio fiscal, los autónomos del campo deben haber realizado estas adquisiciones de gasóleo agrícola durante el ejercicio 2024, que deberán estar registradas mediante facturas emitidas expedidas en ese período con motivo de su compra.
En ellas, el precio deberá aparecer debidamente documentado, y deberán ajustarse a lo exigido en el Real Decreto 1619/2012 de facturación, con la que, todas las facturas y sus copias tendrán, entre otros:
- Número y, en su caso, serie. La numeración de las facturas dentro de cada serie será correlativa.
- La fecha de su expedición.
- Nombre y apellidos, razón o denominación social completa, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
- Número de Identificación Fiscal atribuido por la Administración tributaria española o, en su caso, por la de otro Estado miembro de la Unión Europea, con el que ha realizado la operación el obligado a expedir la factura.
- Domicilio, tanto del obligado a expedir factura como del destinatario de las operaciones.
- Descripción de las operaciones, con todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del Impuesto.
- El tipo impositivo o tipos impositivos, en su caso, aplicados a las operaciones.
- La cuota tributaria correspondiente que se repercuta.
- La fecha en que se hayan efectuado las operaciones que se documentan o en la que se haya recibido el pago anticipado.
Los autónomos del campo podrán reducir sus impuestos por la adquisición de fertilizantes
Otro de los incentivos fiscales que se mantienen para el ejercicio del año pasado y podrán aplicar esta campaña de RENTA es la reducción por adquisición de fertilizantes. Se trata de otra medida de carácter excepcional puesta en marcha en 2022 que se prorroga para el período impositivo de 2024.
Este beneficio se implementó para paliar el efecto producido por la subida de los costes de los insumos utilizados en la actividad de las explotaciones agrícolas y ganaderas. Así, consiste en una reducción del 15% por la adquisición de los mismos.
Al igual que en el caso anterior, debe tratarse de adquisiciones de fertilizantes que se hayan llevado a cabo durante el ejercicio 2024, documentadas como tal en facturas emitidas y que cumplan los requisitos del reglamento de facturación.
Se aplican índices correctores con motivo de las sequías
Para minorar el cálculo del impuesto a través de módulos, también se van aplicar en el período impositivo 2024 índices correctores a raíz de las sequías en el campo español.
En particular, en esta campaña de RENTA se van aplicar por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica.
Los autónomos del campo tienen también reducciones generales que pueden aplicar por tributar en módulos
Para aquellos autónomos agricultores que tributen por el sistema de módulos en RENTA, cuentan, para esta campaña con una reducción general del 5% en el rendimiento neto para el ejercicio 2024.
En el caso de aquellos autónomos que tributan por módulos y se han visto afectados por la riada de la DANA, acontecida el pasado 18 de octubre, podrán acceder a una reducción especial que será del 25% en la declaración del IRPF.





