Los autónomos que utilizan herramientas de inteligencia artificial podrán ser multados a partir de este 2 de agosto por la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA).

Se activa así la capacidad sancionadora prevista en el Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, que puede llegar a costar hasta 35 millones de euros en los casos de las infracciones más graves, tal y como recoge el artículo 99 de la norma comunitaria artificialintelligenceact.eu.

La medida afectará a todas las entidades que desarrollen o utilicen sistemas de IA en territorio español, incluidas pymes y autónomos. Y aunque el objetivo declarado es “proteger los derechos de la ciudadanía y asegurar un desarrollo responsable de la IA”, la preocupación entre los pequeños negocios es creciente. Muchos de ellos utilizan ya estas herramientas sin saber exactamente qué pueden y qué no pueden hacer, según los expertos consultados por este medio.

  1. Los autónomos también tendrán que cumplir con la nueva ley de inteligencia artificial
  2. Las multas se modularán según la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa
  3. Consejos de los expertos para que autónomos y pequeños negocios eviten multas

Los autónomos también tendrán que cumplir con la nueva ley de inteligencia artificial

“Desde el 2 de agosto entra en vigor el sistema sancionador del Reglamento de Inteligencia Artificial, que hasta ahora no era aplicable. A partir de esa fecha, usar mal una herramienta de IA podrá tener consecuencias legales reales”, advirtió el abogado Jorge Cabet, especialista en derecho digital.

“La mayoría de pymes y autónomos no son conscientes de que están usando herramientas de inteligencia artificial ni de los riesgos que eso implica”, explicó por su parte Jordi Damià, CEO de la plataforma de directivos tecnológicos LiceoTIC.

Este experto también alertó de que “el nuevo marco regulador no sólo exige transparencia, trazabilidad y protección de datos, también prohíbe directamente el uso de datos sensibles para personalizar campañas de marketing o segmentar perfiles, incluso aunque esa información no se utilice externamente”.

Para ilustrarlo Damià expuso el caso de un autónomo que “usa una herramienta que adapta mensajes según características personales como la ideología, el estado de salud o hábitos de consumo, podría estar incurriendo en una infracción grave. Y eso incluye desde correos electrónicos hasta campañas en redes sociales”. También recordó que aunque “la intención puede ser buena, el desconocimiento no exime de responsabilidad”.

Por su parte, la Unión Europea se ha esforzado en poner a disposición de autónomos y pymes recursos específicos. Además de la guía del reglamento, la Comisión Europea ha publicado una guía para pequeñas empresas con orientaciones simplificadas sobre cómo cumplir con las nuevas obligaciones y minimizar riesgos.

Y desde el 10 de julio, está disponible también un código de buenas prácticas para desarrolladores y usuarios de IA de uso general, que busca fomentar un uso ético, seguro y transparente de estas herramientas.

Las multas se modularán según la gravedad de la infracción y el tamaño de la empresa

AESIA ya inspeccionaba desde el pasado febrero el uso de la ia por parte de las empresas, la novedad es que ahora también podrá multarlas. Las sanciones administrativas variarán según la gravedad: podrán llegar hasta 35 millones de euros o el 7% de su «volumen de negocios mundial» y, las menos graves, el 1% de su facturación.

Para los pequeños negocios, se espera que las sanciones sean proporcionales, pero el impacto económico y reputacional puede ser igualmente devastador, según los expertos. 

“La gravedad de la infracción dependerá de factores como la intencionalidad, la reiteración, los daños causados, la colaboración con la administración y la capacidad económica del infractor”, explicó el especialista en derecho digital.

Aunque para este experto “el problema es que la tipicidad no está del todo clara y la seguridad jurídica es limitada. Es difícil prever con certeza qué conductas serán sancionables, lo que genera una gran incertidumbre”.

Como ya adelantó este medio en enero, las infracciones se clasificarán en muy graves, graves o leves, y afectarán no sólo a desarrolladores, sino también a quienes simplemente utilicen sistemas de IA en sus procesos comerciales, de atención al cliente o de marketing digital ver artículo previo.

Desde el 2 de agosto los autónomos podrán ser sancionados por el uso de la IA en sus negocios
Desde el 2 de agosto los autónomos podrán ser sancionados por el uso de la IA en sus negocios.

Según los expertos consultados, entre los usos de IA más comunes que pueden implicar riesgos para pymes y autónomos están:

  • Automatización de campañas de marketing según perfiles sociales o de salud.
  • Segmentación de usuarios por afinidad política o religiosa.
  • Uso de datos personales sin consentimiento explícito.
  • Incorporación de información sensible en herramientas como de gestión de relaciones con los clientes (CRM), asistentes virtuales o generadores de contenido.

Damià señaló que ya no se puede confiar en que los datos no se comparten porque tienen un uso interno, pues están regulados y “los sistemas pueden ser vulnerables, y cualquier filtración puede desencadenar una doble denuncia: una de la agencia y otra del ciudadano afectado”.

Consejos de los expertos para que autónomos y pequeños negocios eviten multas

Para evitar sanciones, los expertos recomendaron actuar con cautela. “Lo primero que debe hacer un autónomo es identificar si la herramienta que usa contiene inteligencia artificial, qué datos introduce y si estos están permitidos según el reglamento europeo”, apuntó Damià.

“La confidencialidad en el uso de los sistemas de IA es esencial, y si no se emplean de forma anónima los datos introducidos, se puede incurrir en múltiples infracciones”, matizó Cabet. Además, advirtió que conectar IA con plataformas como Google Drive o CRM “puede implicar pérdida de control sobre los datos y conllevar responsabilidades”.

El Reglamento, además, contempla el concepto de “responsables del despliegue” de sistemas de IA, una figura en la que podría encajar cualquier autónomo que use estas herramientas en su negocio. Esto implica obligaciones como:

  • Establecer medidas de seguridad.
  • Garantizar la supervisión humana.
  • Documentar el tratamiento y la calidad de los datos.
  • Prevenir efectos adversos en personas o colectivos vulnerables.

Ante la duda, Cabet aconsejó que “lo más prudente es suspender el uso del sistema de IA y consultar con abogados especializados. También conviene documentar todo, realizar una auditoría interna y formarse en la materia”. Y añadió que “todavía necesitamos cultura en regulación digital, como ya ocurrió con la protección de datos. Y eso se consigue con formación y sensibilización”.

De hecho, Cabet confirmó que “la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) conservará sus competencias en materia de protección de datos, mientras que AESIA se encargará de la supervisión de los sistemas de IA”. Así, “un mismo hecho podría ser sancionado por ambas administraciones si vulnera más de una normativa”.

En definitiva, aunque el nuevo marco normativo no está diseñado para frenar la innovación supondrá un reto adicional para los autónomos que pueden infringirlo sin mala fe al utilizar herramientas de inteligencia artificial de uso generalizado.