La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, reiteró este jueves su compromiso de impulsar “con la mayor agilidad posible” el reglamento que permitirá poner en marcha la nueva pasarela de las mutualidades profesionales al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Saiz se ha reunido con el presidente del Consejo General de la Abogacía Española, Salvador González, para avanzar en el desarrollo de una norma que afecta especialmente a abogados y otros profesionales que durante años han utilizado una mutualidad como alternativa al sistema público.

La pasarela ya está recogida en la Ley 2/2026, aprobada definitivamente por el Congreso el pasado 23 de julio y que entró en vigor el 1 de agosto. La norma crea un mecanismo voluntario para que determinados mutualistas puedan trasladar al sistema público los derechos económicos acumulados durante su carrera profesional y pasar a cotizar en el RETA. Sin embargo, todavía no pueden hacerlo: falta el reglamento que debe desarrollar el procedimiento y concretar cómo se realizará la transferencia.

El Ministerio de Inclusión ha señalado que seguirá trabajando con los colegios y organizaciones profesionales para desarrollar la regulación. La cuestión es especialmente relevante porque el reglamento tendrá que resolver una de las principales incógnitas de la reforma: cómo se convertirán los derechos económicos acumulados en las mutualidades en bases y periodos reconocidos por la Seguridad Social. La ley establece las reglas generales, pero deja al desarrollo reglamentario buena parte de los detalles necesarios para aplicar la pasarela.

Seguridad Social ha empezado a desarrollar el reglamento que permitirá a los autónomos pasar cuotas al RETA

La reunión entre Elma Saiz y el presidente del Consejo General de la Abogacía Española supone un nuevo avance en una reforma que los profesionales de las mutualidades llevan años reclamando. El Ministerio ha confirmado que quiere mantener el diálogo con los colectivos afectados durante la elaboración del reglamento para que la futura pasarela pueda aplicarse cuanto antes dentro del marco fijado por la ley.

El Consejo General de la Abogacía Española tendrá un papel relevante en este proceso porque los abogados constituyen uno de los colectivos profesionales que históricamente han utilizado mutualidades alternativas al RETA. La medida también puede afectar a procuradores, arquitectos, aparejadores, ingenieros y otros profesionales colegiados que hayan desarrollado su actividad mediante estos sistemas.

La finalidad de la reforma es ofrecer una salida a quienes consideran que las aportaciones realizadas durante su vida profesional a una mutualidad no les proporcionan una protección suficiente cuando llega la jubilación. Algunos mutualistas han denunciado durante años que sus futuras prestaciones pueden quedar muy por debajo de las pensiones que habrían obtenido mediante la cotización al sistema público.

La nueva pasarela permitirá trasladar parte de los derechos económicos acumulados en la mutualidad al RETA. La operación será voluntaria, pero tendrá carácter irreversible. El profesional que decida acogerse quedará integrado en el RETA para la actividad que haya originado la transferencia y no podrá regresar posteriormente a la mutualidad como sistema alternativo para esa actividad.

El reglamento tendrá que concretar cómo se trasladarán los derechos de las mutualidades

El punto más importante que queda por desarrollar es la fórmula económica de la transferencia.

La ley no establece que cada año aportado a una mutualidad vaya a convertirse automáticamente en un año de cotización al RETA. El cálculo tendrá que realizarse atendiendo a los derechos económicos acumulados y a las bases mínimas de cotización que habrían correspondido al profesional dentro del sistema público.

Además, la norma establece un coeficiente de mejora de entre el 0,67 y el 0,87, destinado a compensar determinadas contingencias que no estaban cubiertas por la mutualidad. El reglamento deberá concretar cómo se aplicará esta fórmula y cómo se traducirá finalmente en periodos y bases reconocidos por la Seguridad Social.

La mayoría de afectados por la pasarela al RETA son abogados, procuradores, gestores y otros profesionales colegiados.
La mayoría de afectados por la pasarela al RETA son abogados, procuradores, gestores y otros profesionales colegiados.

También tendrá que establecer el procedimiento administrativo. Los mutualistas necesitarán conocer qué documentación deberán presentar, cómo se acreditarán sus periodos en la mutualidad, cómo se realizará la transferencia de los derechos económicos y en qué momento comenzarán a computar dentro del RETA.

La norma será especialmente importante para quienes hayan tenido una carrera profesional mixta, con años de actividad en una mutualidad y otros periodos cotizados directamente en el RETA. El reglamento tendrá que concretar cómo se integrarán ambas etapas para evitar duplicidades y determinar correctamente la futura pensión.

Estos son los autónomos mutualistas que podrán pasar al RETA y los que quedarán fuera

La nueva pasarela no está destinada a todos los autónomos que hayan tenido una mutualidad privada. La ley la dirige a determinados profesionales colegiados que estén o hayan estado integrados en una mutualidad de previsión social que haya funcionado como alternativa al RETA.

Entre los colectivos potencialmente afectados se encuentran abogados, procuradores, arquitectos, aparejadores, ingenieros y otros profesionales que durante su trayectoria profesional pudieron optar por estos sistemas alternativos. La posibilidad de acogerse no dependerá únicamente de haber realizado aportaciones, sino de cumplir las condiciones que establece la ley y que deberá desarrollar el reglamento.

La transferencia será voluntaria. Por tanto, los profesionales que estén satisfechos con el sistema de mutualidad podrán continuar en él. La reforma no elimina la alternatividad ni obliga a todos los mutualistas a incorporarse al RETA.

El legislador ha establecido además un tratamiento particular para los profesionales de mayor edad, debido a que disponen de menos margen para completar una carrera de cotización dentro del sistema público antes de jubilarse.

Los mayores de 52 años tendrán un tratamiento especial y los jubilados no podrán acogerse

Los mutualistas que hayan cumplido 52 años o más a 31 de diciembre de 2026 tendrán un régimen especialmente favorable. La ley establece que cada mes completo de alta y cotización en la mutualidad alternativa se podrá computar como un mes completo de alta en el RETA a efectos del porcentaje aplicable a la base reguladora de la jubilación, siempre que se cumplan los requisitos establecidos.

Esto permite reconocer una parte importante de la carrera profesional a efectos del porcentaje de pensión, aunque los derechos económicos transferidos desde la mutualidad no sean suficientes para reproducir todas las bases de cotización que habría tenido el trabajador si hubiera estado en el RETA durante esos mismos años.

Para los mutualistas más jóvenes, el reconocimiento dependerá en mayor medida del volumen de derechos económicos acumulados y de la fórmula que finalmente establezca el reglamento. Por ello, conocer el cálculo definitivo será esencial antes de que cada profesional decida si le interesa realizar el traslado.

La reforma también mantiene una exclusión que ha generado críticas entre las asociaciones del colectivo: los mutualistas que ya están jubilados no podrán utilizar la pasarela para trasladar sus derechos al RETA. Durante la tramitación parlamentaria se reclamó que también pudieran beneficiarse quienes ya reciben una pensión, pero la ley aprobada mantiene esta limitación.

Sí se han incorporado otras medidas para estos mutualistas, como determinadas reglas relacionadas con el complemento a mínimos y la exención fiscal del traslado de fondos de la mutualidad al sistema público.