Miles de autónomos y pequeños negocios pagaron entre 2018 y 2021 la plusvalía municipal –el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)– sin saber que el Tribunal Constitucional anularía en octubre de 2021 su método de cálculo

La limitación de efectos de aquella sentencia cerró la puerta a reclamar a los profesionales o sociedades que no hubieran iniciado un procedimiento antes del 26 de octubre de 2021.

Sin embargo, dos sentencias recientes del Tribunal Supremo reabren la posibilidad para los contribuyentes que sí estaban en plazo para recurrir en vía contencioso-administrativa cuando el Constitucional dictó su fallo. Muchos de ellos son autónomos que vendieron locales, naves, oficinas e, incluso, viviendas.

El Supremo modifica en la práctica su doctrina sobre la plusvalía municipal

A través de estas sentencias, especialmente la primera de ellas, el Supremo ha fijado doctrina estableciendo que “no cabe considerar situación jurídica consolidada, las liquidaciones o las resoluciones desestimatorias de los recursos interpuestos contra acuerdos de liquidación, cuando antes del 26 de octubre de 2021, fecha del dictado de la sentencia, hubiera dado comienzo el plazo de dos meses previsto para la interposición del recurso contencioso-administrativo”.

El abogado Ángel García Ruiz, socio de Garrigues, explicó a este medio cómo se gestó esta victoria en los tribunales detallando que consiguieron que a uno de sus clientes no se le aplicara la limitación de efectos porque «en el momento que sale la sentencia del 26 de octubre de 2021 estaba en plazo para recurrir en vía contencioso-administrativa”.

Antes de llegar al Supremo, el contribuyente había visto desestimada su reclamación por parte del Tribunal Económico Administrativo Municipal de Madrid, lo que le obligó a acudir a la vía contencioso-administrativa aún dentro del plazo legal.

El letrado manifestó que en todo momento estuvo confiado en que finalmente la justicia le daría la razón porque “parecía bastante evidente que ahí no se aplicaba la limitación de efectos y que por lo tanto debíamos ganar el recurso”.

Esta interpretación anula el argumento que venían usando ayuntamientos para negar devoluciones y abre una vía directa a quienes estaban dentro de plazo en 2021. El fallo desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid y confirma la anulación de una liquidación de 39.410 euros de una sociedad que había recurrido este impuesto cuyo cálculo fue declarado inconstitucional.

El experto en Derecho Fiscal puntualizó que, aunque el Supremo no lo llame explícitamente “cambio de criterio”, en la práctica “posiblemente sí lo es, porque ahora estos supuestos, en donde estás en el plazo para recurrir en vía contenciosa administrativa, no se ven perjudicados por la limitación de efectos”.

De esta forma el Alto Tribunal, aplica una interpretación restrictiva de la limitación de efectos del Constitucional, protegiendo el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva de los contribuyentes.

El Supremo acota la "limitación de efectos" de la anulación de la plusvalía que afectó a miles de autónomos
El Supremo acota la «limitación de efectos» de la anulación de la plusvalía que afectó a miles de autónomos.

Autónomos que ahora podrán reclamar la plusvalía municipal que se declaró inconstitucional

Con todo, Ángel García subrayó que “esta sentencia en sí misma no permite revivir los recursos cerrados” pues sólo aplicaría a los que “estaban en plazo”.

En otras palabras, sólo beneficia a los autónomos que tenían abierto o pendiente su recurso en octubre de 2021 y no dejaron morir su procedimiento. Si bien estos contribuyentes podrían recuperar ahora cantidades liquidadas que pueden ser significativas, aquellos profesionales que iniciaron su recurso después de esa fecha, la situación seguirá igual.

El abogado que estuvo detrás de estos recursos puntualizó que «los autónomos que estaban en ese caso se verán beneficiados por esta sentencia” y reveló que su cliente “está encantado”, y al igual que él, “otros muchos podrían estarlo también”.

Se abre la puerta a nuevas resoluciones del Supremo y que el caso llegue a Europa

De esta forma, y en palabras del propio García, parece que el Supremo “no está muy de acuerdo con la limitación de efectos”.

Si bien este experto reconoció que “nadie sabe si pueden llegar otras sentencias que amplíen más esta interpretación” tampoco lo descartó y apuntó a que la cuestión de fondo puede terminar siendo revisada por la justicia europea, que tendrían la última palabra y capacidad jerárquica para corregir al Tribunal Constitucional.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo corrige parcialmente la restricción impuesta por el Constitucional y amplía las opciones de reclamación a quienes estaban en plazo en 2021

Ahora, para muchos autónomos se reabre la posibilidad de reclamar la cantidad que liquidaron por un tributo que fue declarado inconstitucional, aunque en su momento chocaran con la negativa de las autoridades municipales para devolverles el dinero que pagaron de más.

En definitiva, los autónomos que en octubre de 2021 tenían pendiente un recurso o estaban en plazo para recurrir la plusvalía municipal, deberían revisar su expediente y consultar con un profesional especializado porque la nueva doctrina del Supremo les ofrece argumentos sólidos para reclamar.