España está al borde de una sanción millonaria por parte de la Comisión Europea (CE), debido al retraso en la transposición de la Directiva europea sobre Condiciones Laborales Transparentes y Previsibles. Aprobada en junio de 2019, esta normativa debería haberse incorporado a la legislación española hace ya dos años y medio (el 1 de agosto de 2022), pero el Gobierno aún no lo ha hecho.
Sobre este asunto, Italia fue multada recientemente con 25 millones de euros por una demora similar, lo que refuerza la urgencia de esta transposición en España. En todo caso, su entrada en vigor afectará a los autónomos y pequeños negocios con empleados.
Éstos tendrán que adaptarse a un marco laboral más rígido y detallado, con cambios significativos en los contratos de trabajo, los periodos de prueba y la flexibilidad de los empleados para trabajar en otros negocios. Aunque algunos de estos requisitos ya existen en la legislación laboral española, la Directiva los endurece ampliamente.
Cambios obligatorios en la información sobre los contratos y menos tiempo para presentarla
Una de las principales novedades es la obligación para los autónomos de proporcionar a sus empleados información detallada sobre sus condiciones laborales en los primeros siete días laborales. “En la actualidad, los autónomos y pequeños negocios pueden entregar ciertos detalles hasta dos meses después de la incorporación”, señaló a este diario Valeria Alcázar de la Vega, abogada laboralista de Ágora Legal & Gestión. “Pero la nueva directiva va a acortar este plazo y ampliar los requisitos de información”.
Así, según la experta, los contratos deberán incluir:
- El salario desglosado, especificando la remuneración base, los complementos y cualquier plus adicional.
- Los horarios y la jornada laboral, detallando los turnos, descansos y posibles variaciones.
- La duración del contrato, “especialmente en los casos de contratos temporales o de prueba”.
- La naturaleza específica de las actividades a desempeñar, con una descripción clara de las tareas asignadas.
Previsiblemente, esto supondrá un aumento en la carga administrativa para los autónomos con empleados, muchos de los cuales tendrán que adaptar su forma de cerrar contrataciones para cumplir con la nueva normativa, y formalizar así los contratos adecuadamente, evitando posibles sanciones.

Además, según la experta, “los autónomos con empleados deberán prever la posibilidad de vivir auditorías o inspecciones laborales más estrictas, ya que la Directiva pretende mejorar la transparencia y reducir el abuso de condiciones laborales poco claras”.
Los periodos de prueba quedarán limitados a un máximo de seis meses
Otro de los puntos que más preocupan a los autónomos con empleados es la limitación de los periodos de prueba a un máximo de seis meses. Esto afectará sobre todo a sectores como la hostelería, el comercio minorista o el turismo, donde los autónomos suelen contratar personal temporal durante picos de actividad. “Los contratos de corta duración, que hasta ahora gozaban de mayor flexibilidad, también estarán sujetos a nuevas restricciones”, explicó Valeria Alcázar. Lo que podría complicar la planificación de plantillas en temporadas de alta demanda.
Además, según la experta laboralista, ciertos convenios colectivos que contemplaban adaptaciones específicas para sectores concretos deberán ajustarse a esta nueva limitación. Los autónomos que gestionen la plantilla de su negocio rigiéndose por estos convenios tendrán que revisar sus contratos actuales “y prever cómo encajar estos periodos dentro de sus necesidades operativas”.
La Directiva europea prohíbe incluir cláusulas de exclusividad automáticas o por defecto
Una de las medidas de mayor relevancia de la norma europea es la prohibición general de incluir cláusulas de exclusividad automáticas o por defecto en los contratos de trabajo. Esto significa que los empleados podrán trabajar para otros negocios fuera de su horario laboral establecido, salvo que el autónomo pueda justificar una incompatibilidad específica al respecto.
Actualmente, los autónomos pueden prohibir esta práctica mediante cláusulas de exclusividad en el contrato, “en especial, si el empleado tiene acceso a información confidencial o podría generar competencia desleal”, reseñó Valeria Alcázar. “Sin embargo, la Directiva limita esta posibilidad y exige justificaciones claras y documentadas para poder aplicar restricciones”.
En otras palabras, sólo las excepciones permitirán, según la experta, prohibir el trabajo para otro negocio:
- Si se demuestra que existe competencia directa con el empleador principal.
- Si el empleado tiene acceso a información sensible o estratégica.
- Si se pone en riesgo la productividad o la seguridad del negocio.
Para los pequeños negocios, esto implica un cambio en la gestión de su personal, ya que será más difícil evitar que los empleados busquen ingresos adicionales en otros negocios. “En sectores como la hostelería, donde es común que los trabajadores tengan varios empleos, podría generar conflictos internos o problemas operativos”, concluyó la experta.
El retraso en la transposición de esta Directiva ya ha provocado dos advertencias formales de la Comisión Europea. De ahí que España esté a un paso de enfrentarse a sanciones económicas significativas. El ejemplo de Italia, multada por una demora similar en su aplicación.
Así, si la CE decide intensificar la presión, el Gobierno podría aprobar la normativa de manera urgente. Esto dejaría a los pequeños negocios con poco margen de maniobra para adaptarse a las nuevas obligaciones. Los autónomos deberán estar atentos a posibles cambios legislativos, ya que la transposición podría entrar en vigor rápidamente para evitar sanciones.





